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Ley 09.462

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio para la implantación de hasta 1.500 hectáreas de Buffel Grass en el departamento Capital, perteneciente a la Región de Los Llanos, entre la provincia de La Rioja, representada por el Sr. Gobernador de la Provincia Dr. Luis Beder HERRERA y el Consejo Federal de Inversiones representado por el Sr. Secretario General Ing. Juan José CIÁCERA.- ARTÍCULO 2°.- El Convenio y su Anexo -Convenio Secretaría de Planeamiento Estratégico y Promoción de la Mujer Rural PRODEMUR-, forman parte de la presente Ley.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 128º Período Legislativo, a catorce días del mes de noviembre del año dos mil trece. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.460

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio para la participación de la Provincia, en la Feria Internacional de Turismo 2013, entre la provincia de La Rioja, representada por el Sr. Gobernador de la provincia Dr. Luis Beder HERRERA y el Consejo Federal de Inversiones representado por el Sr. Secretario General Ing. Juan José CIÁCERA.- ARTÍCULO 2º.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 128º Período Legislativo, a catorce días del mes de noviembre del año dos mil trece. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.458

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio de Fortalecimiento del Sistema de Información y Estadística de la Provincia, entre la Provincia de La Rioja, representada por su señor Gobernador, Dr. Luis Beder HERRERA y el Consejo Federal de Inversiones, representada por su señor Secretario General, Ing. Juan José CIÁCERA.- ARTÍCULO 2°.- El Convenio y su Anexo forman parte de la presente Ley.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 128º Período Legislativo, a catorce días del mes de noviembre del año dos mil trece. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.456

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio Único de Colaboración y Transferencia N° 30, celebrado entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación, representada por el señor Subsecretario, Arq. Germán Ariel NIVELLO y la Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador, Dr. Luis Beder HERRERA.- ARTÍCULO 2º.- El Convenio Único de Colaboración y Transferencia, con su Anexo I y II, forman parte de la presente Ley.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 128º Período Legislativo, a catorce días del mes de noviembre del año dos mil trece. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.454

ARTÍCULO 1º.- Créase en el ámbito del Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, el Registro Único Provincial de Cesanteados Políticos o Gremiales, dependencia que tendrá como función primordial la confección de un Padrón Provincial de los Ex Agentes y Empleados del Estado Nacional, Provincial, Municipal, Empresas Públicas, Universidades Nacionales y Asociaciones u Organismos Públicos, cesanteados, exonerados, declarados prescindibles u obligados a renunciar, por motivos políticos o gremiales entre el período 31/07/1974 y el 10/12/1983.- ARTÍCULO 2°.- El Censo de relevamiento de datos que servirá al Registro Único Provincial estará a cargo del Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, a través del área correspondiente.- ARTÍCULO 3°.- Para concretar el objetivo se solicitará colaboración e información pertinente a la Asociación que nuclea a los cesanteados y exonerados, durante la Dictadura Militar.- ARTÍCULO 4º.- La información que recabará el Registro a través del censo llevado a cabo, será únicamente con fines estadísticos y no comprenderá compensación social o monetaria para quienes queden censados, salvo instrumento legal posterior que así lo indique.-
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Ley 09.452

ARTÍCULO 1°.- Créase el Consejo Profesional de Ciencias Criminalísticas de la Provincia de La Rioja, con Personería Jurídica de derecho público no estatal; cuyo ámbito y jurisdicción será todo el territorio de la Provincia y tendrá su asiento en la ciudad de La Rioja.- ARTÍCULO 2°.- El Consejo Profesional de Ciencias Criminalísticas está integrado por todos los profesionales en Ciencias Criminalísticas que se encuentren matriculados.- ARTÍCULO 3°.- La organización y funcionamiento del Consejo Profesional de Ciencias Criminalísticas, se rige por la presente Ley, su reglamentación, su Estatuto, y demás normas que en su consecuencia se dicten.-
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Ley 09.461

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio de Implementación Tecnológica para una Gestión Eficiente del Transporte de Pasajeros, entre la Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador, Dr. Luís Beder HERRERA y el Consejo Federal de Inversiones, representado por su señor Secretario General Ing. Juan José CIÁCERA.- ARTÍCULO 2º.- El Convenio y su Anexo forman parte de la presente Ley.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 128º Período Legislativo, a catorce días del mes de noviembre del año dos mil trece. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.459

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio para la formulación de un Programa Apícola Regional, entre la Provincia de La Rioja, representado por su señor Gobernador, Dr. Luis Beder HERRERA y el Consejo Federal de Inversiones, representado por su señor Secretario General, Ing. Juan José CIÁCERA.- ARTÍCULO 2°.- El Convenio forma parte de la presente Ley como Anexo.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 128° Período Legislativo, a catorce días del mes de noviembre del año dos mil trece. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.457

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio para la Supervisión, Control y Asistencia de Condenados, Liberados Condicionales y Asistidos, Liberados que hayan agotado su pena y Probados, entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, representado por el Sr. Ministro Dr. Julio C. ALAK y la provincia de La Rioja, representada por su Sr. Gobernador Dr. Luis Beder HERRERA.- ARTÍCULO 2°.- El Convenio entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y la Provincia de La Rioja para la Supervisión, Control y Asistencia a Condenados, Liberados Condicionales y Asistidos, Liberados que hayan agotado su pena y Probados, forma parte de la presente Ley, como Anexo.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 128° Período Legislativo, a catorce días del mes de noviembre del año dos mil trece. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.455

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Artículo 1º de la Ley Nº 9.317, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1º.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2014, los plazos de ejecuciones hipotecarias, que tengan por objeto la vivienda única y familiar del deudor, fijados en la Ley Nº 8.214 y sus modificatorias, Leyes Nº 8.227, 8.279, 8.451, 8.529, 8.688, 8.885, 9.103 y 9.317”.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 128º Período Legislativo, a catorce días del mes de noviembre del año dos mil trece. Proyecto presentado por la diputada HAYDEÉ SILVIA MACHICOTE.-
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Ley 09.453

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase el Convenio de Subsidio de Tasa de Interés Línea de Crédito para la Reactivación Productiva, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de La Rioja y el Consejo Federal de Inversiones (CFI).- ARTÍCULO 2°.- La Prórroga del Convenio de Subsidio de Tasa de Interés Línea de Crédito para la Reactivación Productiva- Consejo Federal de Inversiones (CFI) – Provincia de La Rioja de fecha 17 de abril de 2009- Aprobado por Ley Provincial Nº 8.519 y Modificatorias Nº 8.786, 9.028 y 9.239 forma parte de la presente como anexo.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 128º Período Legislativo, a siete días del mes de noviembre del año dos mil trece. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.451

ARTÍCULO 1º.- Impóngase el nombre de “Severo Chumbita” al Instituto Superior de Formación Docente en Historia, de la ciudad de Aimogasta, departamento Arauco.- ARTÍCULO 2º.- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, fijará la fecha en que se lleve a cabo el acto de imposición de nombre dando cumplimiento a la presente Ley.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 128º Período Legislativo, a doce días del mes de diciembre del año dos mil trece. Proyecto presentado por la diputada MARÍA FLORENCIA LÓPEZ.-
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