top of page




Ley 09.570
ARTÍCULO 1º.- Impóngase el nombre de DIPUTADO PROVINCIAL RICARDO CÉSAR
FARÍAS, a la Escuela Nº 43 La Aguada del departamento General Belgrano.-
ARTÍCULO 2º.- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología fijará la fecha en que
se llevará a cabo dicho Acto de Imposición de nombre, dando cumplimiento a la
presente Ley.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º
Período Legislativo, a siete días del mes de agosto del año dos mil catorce. Proyecto
presentado por TODOS LOS BLOQUES DE LA CÁMARA.-

Ley 09.568
ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Función Ejecutiva, para que a través del Ministerio de
Infraestructura, realice el proyecto y posterior construcción de la obra de defensa y
control de la crecida del Río Burruyaco o Guanaco, ubicado en el ingreso Este de la
localidad de Malanzán, al pie de la Cuesta del Zapallar en el departamento Juan
Facundo Quiroga.-
ARTÍCULO 2º.- Autorízase a la Función Ejecutiva a efectuar las modificaciones
presupuestarias pertinentes.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º
Período Legislativo, a tres días del mes de julio del año dos mil catorce. Proyecto
presentado por el diputado MAURO CLAUDIO LUJÁN.-

Ley 09.562
ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio Marco de Colaboración, entre el Gobierno de la
Provincia de La Rioja, representada por el Señor Gobernador Dr. Luis Beder
HERRERA, por una parte y por la otra, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires
representada por el Señor Gobernador, Dn. Daniel SCIOLI.-
ARTÍCULO 2º.- El Convenio Marco de Colaboración forma parte de la presente como
Anexo.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129°
Período Legislativo, a tres días del mes de julio del año dos mil catorce. Proyecto
presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.560
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio celebrado en el marco del Programa de
Desarrollo Rural Incluyente (PRODERI), entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y
Pesca (MAGyP) Gobierno Nacional, representado por el señor Ministro Ing. Agr. D.
Carlos Horacio CASAMIQUELA y la Provincia de La Rioja, representada por el señor
Gobernador de la Provincia, Dr. Luis Beder HERRERA.-
ARTÍCULO 2º.- El Convenio de Ejecución del Programa de Desarrollo Rural Incluyente
(PRODERI), forma parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º
Período Legislativo, a tres días del mes de julio del año dos mil catorce. Proyecto
presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.569
ARTÍCULO 1º.- CREACIÓN. Créase el Sistema de Evaluación, Registro y Fiscalización
de las Investigaciones en Salud –SERFIS-, que tiene por objeto regular las
investigaciones en seres humanos que se desarrollen en la provincia de La Rioja en el
marco de la protección de los derechos, seguridad y bienestar de las personas que
participan en las mismas.-
ARTÍCULO 2º.- OBJETO. La presente Ley se aplicará a toda investigación en la que
participen seres humanos, tanto en condiciones de enfermedad como voluntarios sanos,
de carácter experimental u observacional, que implique o no nuevos métodos de
prevención, diagnóstico, tratamiento o rehabilitación, así como la recolección,
almacenamiento y diseminación de información relacionada a los individuos o muestras
biológicas obtenidas directa o indirectamente de los mismos, en el ámbito de la
Provincia.
Quedan excluidas de la presente Ley aquellas investigaciones que no incluyan
intervenciones sobre la salud humana y no supongan riesgo para los individuos. En este
caso podrán ser revisadas por un comité académico, por una comisión conformada a tal
fin o por el comité de capacitación y docencia de la institución involucrada.-
ARTÍCULO 3º.- PRINCIPIOS GENERALES. El Sistema de Evaluación, Registro y
Fiscalización de las Investigaciones en Salud –SERFIS- estará regido por los siguientes
principios generales:

Ley 09.567
ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Función Ejecutiva, para que a través del Ministerio de
Infraestructura y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, realice el proyecto y
posterior ejecución del edificio destinado al funcionamiento del Colegio Secundario de
la localidad de El Portezuelo, departamento Juan Facundo Quiroga.-
ARTÍCULO 2º.- El edificio al que hace referencia el Artículo 1º, será construido en el
terreno donde actualmente funciona dicho Colegio.-
ARTÍCULO 3º.- Autorízase a la Función Ejecutiva a efectuar los gastos que demande el
cumplimiento de la presente Ley, los que se imputarán al Plan de Obras del
Presupuesto del año 2015.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º
Período Legislativo, a tres días del mes de julio del año dos mil catorce. Proyecto
presentado por el diputado MAURO CLAUDIO LUJÁN.-

Ley 09.563
ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio de Cooperación y Adhesión al Plan Integral
Mujeres BA por la Paz - Maltrato Cero, entre la señora Ministra de Gobierno de la
Provincia de Buenos Aires y Presidenta del Consejo Provincial de las Mujeres, Arq.
Cristina ÁLVAREZ RODRIGUEZ, y el señor Ministro de Gobierno, Justicia, Seguridad
y Derechos Humanos de la Provincia de La Rioja, Dr. Claudio SAÚL.-
ARTÍCULO 2º.- El Convenio de Cooperación y Adhesión al Plan Integral Mujeres BA
por La Paz - Maltrato Cero y el Anexo I “Plan Integral Mujeres BA por La Paz - Maltrato
Cero”, forman parte del presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º
Período Legislativo, a tres días del mes de julio del año dos mil catorce. Proyecto
presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.561
ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio Único de Colaboración y Transferencia N° 011,
celebrado entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación,
representada por el señor Subsecretario, Arq. Germán Ariel NIVELLO y la Provincia
de La Rioja, representada por el señor Gobernador, Dr. Luis Beder HERRERA.-
ARTÍCULO 2º.- El Convenio Único de Colaboración y Transferencia, el Anexo I y II,
Reglamento General para la Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios
Transferidos a la Provincia, Municipios y/u otros Entes, forman parte de la presente.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º
Período Legislativo, a tres días del mes de julio del año dos mil catorce. Proyecto
presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.559
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase la modificación del Artículo 1º de la Addenda I, suscripta
entre la Dirección Nacional de Vialidad, representada por el Administrador General, Ing.
Nelson Guillermo PERIOTTI y el Gobierno de la Provincia de La Rioja, representada
por el señor Gobernador, Dr. Luis Beder HERRERA.-
ARTÍCULO 2º.- La Addenda I y la Resolución del Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios de la Secretaría de Obras Públicas, Dirección Nacional de
Vialidad, forman parte del presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 129º Período
Legislativo, a tres días del mes de julio del año dos mil catorce. Proyecto presentado
por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
- 392Página 86
bottom of page