top of page
white-crinkled-paper-texture.jpg
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.582

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase la denominación de Departamento Coronel Felipe Varela por la de departamento General Felipe Varela, que forma parte de la Región Valle del Bermejo.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º Período Legislativo, a cuatro días del mes de septiembre del año dos mil catorce. Proyecto presentado por el diputado YAMIL DAVID SARRUFF.-
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.580

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio Único de Colaboración y Transferencia, entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicio, representada en este Acto por su titular ARQ. GERMÁN A. NIVELLO, por una parte y por la otra, la provincia de La Rioja, representada por el Señor Gobernador DR. LUIS BEDER HERRERA.- ARTÍCULO 2º.- El Convenio Único de Colaboración y Transferencia y sus Anexos I y II, Reglamento General para la Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios, transferidos a Provincias, Municipios y/u otros Entes, forman parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º Período Legislativo, a cuatro días del mes de septiembre del año dos mil catorce. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.578

ARTÍCULO 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, un (1) inmueble ubicado en la ciudad de Chilecito, departamento Chilecito, que responde a las siguientes características:
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.576

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio de Cooperación Institucional y Asistencia Técnica entre el Ministerio de Turismo de la Nación, representado por el Ministro de Turismo, D. Carlos Enrique MEYER y el Gobierno de la Provincia, representado, por el Sr. Gobernador, Dr. Luis Beder HERRERA.- ARTÍCULO 2º.- El Convenio de Cooperación Institucional y Asistencia Técnica forma parte del presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia en La Rioja, 129º Período Legislativo, a veintiún días del mes de agosto del año dos mil catorce. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.574

ARTÍCULO 1°.- Impóngase el nombre del DR. ALBERTO PAREDES URQUIZA a la Escuela N° 168 Jornada Completa con orientación laboral, de la localidad de Punta de los Llanos, en el departamento General Ángel Vicente Peñaloza, de acuerdo a la normativa de la Ley Nº 9.060.- ARTÍCULO 2°.- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología fijará la fecha en la que se llevará a cabo el Acto de Imposición de Nombre, dando cumplimiento a la presente Ley.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129° Período Legislativo, a catorce días del mes de agosto del año dos mil catorce. Proyecto presentado por el diputado JUAN FLORENCIO BAZÁN.-
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.572

ARTÍCULO 1º.- Créase en el ámbito del Ministerio de Salud Pública, el Programa de Prevención de la Ceguera en la Infancia por Retinopatía del Prematuro.- ARTÍCULO 2º.- El Programa referido en el Artículo 1º, tendrá como objetivo general establecer en todo el Sistema Provincial de Salud la Detección, Diagnóstico y tratamiento de la Retinopatía del Prematuro.- ARTÍCULO 3º.- Los objetivos específicos del Programa creado, serán:
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.581

ARTÍCULO 1º.- Transfiérase, desde la Subsecretaría de Prevención de Adicciones y Salud Mental, la Dirección de Salud Mental, su respectivo cargo de director –Funcionario No Escalafonado-, su competencia conforme lo estipulado en los Artículos 7º, inciso 6, y 13 del Decreto FEP Nº 408/14; a la órbita – y bajo directa dependencia del Ministerio de Salud Pública, conforme el Artículo 11º de la Ley Nº 9.098.- ARTÍCULO 2º.- Establézcase que la transferencia dispuesta en el Artículo precedente, incluye los recursos humanos, patrimoniales, presupuestarios y financieros.- ARTÍCULO 3º.- Suprímanse de la Estructura Orgánica Funcional del Ministerio de Salud Pública, la Subsecretaría de Prevención de Adicciones y Salud Mental y las Unidades Orgánicas de su dependencia a saber:
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.579

ARTÍCULO 1º.- Establézcase la obligatoriedad; en todo el ámbito de la Provincia, de la exhibición en los espacios públicos y privados, de la siguiente leyenda: “Trata de Personas es Esclavitud, Denúncialo al 0800-555-5065. Llame o envíe mensaje de texto al N° 145, las 24 horas, los 365 días del año”.- ARTÍCULO 2°.- La leyenda del Artículo precedente, deberá ser colocado en forma visible en espacios públicos y privados, de asistencia masiva de personas, que a modo enunciativo se detalla:
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.577

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica, entre la Jefatura de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional, representado por su titular, Cr. Jorge Milton CAPITANICH y el Gobierno de la Provincia, representado por el señor Gobernador, Dr. Luis Beder HERRERA.- ARTÍCULO 2º.- El Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica forma parte del presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia en La Rioja, 129º Período Legislativo, a veintiún días del mes de agosto del año dos mil catorce. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.575

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio Único de Colaboración y Transferencia, entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su titular, Arq. Germán A. NIVELLO, por una parte y por la otra, la Provincia de La Rioja, representada por el Sr. Gobernador Dr. Luis Beder HERRERA.- ARTÍCULO 2º.- El Convenio Único de Colaboración y Transferencia, forman parte del presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º Período Legislativo, a veintiún días del mes de agosto del año dos mil catorce. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.573

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el texto del último párrafo del Artículo 13º Inciso c) de la Ley Nº 9.341, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 13º.-… Inciso c)…En todos los casos deberá solicitarse propuestas a un mínimo de tres oferentes, salvo respecto de los Apartados (3), (4), (5), (6), (7), (8), (9), (10), (11), (12), (15); en los que el Organismo Contratante podrá contratar directamente a un proveedor, resguardando siempre que el precio de los bienes y servicios tengan razonabilidad con relación a los valores de mercado respetando el principio básico de legitimidad”.- ARTÍCULO 2º.- Modifícase el texto del Artículo 48º de la Ley Nº 9.341, el que quedará redactado de la siguiente manera:
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.571

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Técnica, celebrado entre la Jefatura de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional, representada por su titular, Cr. Jorge Milton Capitanich, por una parte y por la otra, la provincia de La Rioja, representada en este Acto por el Señor Gobernador, Dr. Luis Beder Herrera.- ARTÍCULO 2°.- El Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129° Período Legislativo, a siete días del mes de agosto del año dos mil catorce. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
  • 392
    Página 85
bottom of page