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Ley 09.538

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ARTÍCULO 1º.- Créase el Consejo Profesional de Ciencias de la Educación de la Provincia -CoProCELaR-, con Personería Jurídica de Derecho Público y jurisdicción en todo el territorio provincial. Su sede principal, tendrá asiento en el departamento Capital.- ARTÍCULO 2º.- El CoProCELaR estará integrado por todos los profesionales matriculados que cumplan con los requisitos establecidos en la presente Ley y demás normas que en su consecuencia se dicten; quienes tendrán voz y voto en las asambleas.- ARTÍCULO 3º.- El CoProCELaR tendrá las siguientes atribuciones:

Ley 09.534

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ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva para que a través del Ministerio de Infraestructura, realice el proyecto y posterior ejecución de la obra; Camino Rural que une las localidades de Castro Barros -departamento General Belgrano- Pozo de la Vaca, La Resistencia, El Pozo Redondo y Chaguaral - departamento Chamical.- ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la Función Ejecutiva a efectuar las modificaciones presupuestarias pertinentes.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º Período Legislativo, a ocho días del mes de mayo del año dos mil catorce. Proyecto presentado por el diputado ENRIQUE JACOBO NICOLINI.-

Ley 09.530

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ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio celebrado en el marco del PROGRAMA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO – “Argentina Trabaja”, entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado por el Titular de la Secretaría de Coordinación y Monitoreo Institucional, Contador Carlos Daniel CASTAGNETO y el Titular de la Unidad Ejecutora de Ingreso Social con Trabajo, Contador José CITRINO, y el Gobierno de la Provincia de La Rioja, representado por el señor Gobernador, Dr. Luís Beder HERRERA.- ARTÍCULO 2º.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º Período Legislativo, a ocho días del mes de mayo del año dos mil catorce. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.537

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ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva, para que a través del Ministerio de Infraestructura, se realice la ejecución de la Obra Casa de Educación Terapéutica “Centro de Día”, en el terreno del Hospital Zonal Luis Agote, departamento Chamical.- ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la Función Ejecutiva, a gestionar ante el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y ante el SEDRONAR – Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico - los fondos pertinentes.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º Período Legislativo, a ocho días del mes de mayo del año dos mil catorce. Proyecto presentado por el diputado ENRIQUE JACOBO NICOLINI.-

Ley 09.533

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ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Decreto F.E.P. N° 538, emanado con fecha 27 de marzo de 2014, mediante el cual se otorga un incremento en el salario docente a partir del 01 de marzo de 2014, de PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150,00), remunerativo y bonificable; a partir del 01 de octubre de 2014, la suma de PESOS CUATROCIENTOS ($ 400,00), remunerativo no bonificable y del 01 de diciembre de 2014, de PESOS DOSCIENTOS DIECISÉIS ($ 216,00), remunerativo bonificable, detrayéndolo del importe establecido para el Período 2013, en concepto de compensación salarial docente Artículo 9º , Ley Nº 26.075 de Financiamiento Educativo.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º Período Legislativo, a ocho días del mes de mayo del año dos mil catorce. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.529

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ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Acta Acuerdo de Precios Escolares 2014, entre la Provincia de La Rioja, representada por su señor Gobernador, Dr. Luís Beder HERRERA, los propietarios de Librerías locales, señores Daniel MARCOS, Liliana DANIELLI, Fernando TERZAGHI, y el Centro Comercial e Industrial de La Rioja, representado por su señora Presidenta, Doña Irma DUEÑAS.- ARTÍCULO 2º.- El Acta Acuerdo forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º Período Legislativo, a ocho días del mes de mayo del año dos mil catorce. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-}

Ley 09.536

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ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva para que por intermedio del Ministerio de Infraestructura, se gestione en programas nacionales los fondos necesarios para ejecutar el proyecto y construcción de un nuevo edificio hospitalario, contemplando la totalidad de servicios necesarios para su funcionamiento en la ciudad de Chamical, el que quedará situado en los terrenos del Hospital Zonal Dr. Luis Agote.- ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la Función Ejecutiva a efectuar las modificaciones presupuestarias correspondientes.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129° Período Legislativo, a ocho días del mes de mayo del año dos mil catorce. Proyecto presentado por los diputados ENRIQUE JACOBO NICOLINI, JUAN PEDRO CÁRBEL y PABLO IVÁN MAIDANA PARISI.-

Ley 09.532

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ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio, celebrado entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, representado por su señor Ministro Don Carlos Horacio CASAMIQUELA y la Provincia de La Rioja, representada por el señor Secretario de Agricultura y Recursos Naturales del Ministerio de Producción y Desarrollo Local, Ingeniero Agrónomo Jorge Hernán SALOMÓN.- ARTÍCULO 2°.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º Período Legislativo, a ocho días del mes de mayo del año dos mil catorce. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.528

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ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio de Compromiso de Precio Final de Venta al Consumidor entre la Provincia de La Rioja, representada por su señor Gobernador, Dr. Luís Beder HERRERA, los propietarios de las Empresas de Supermercados locales, señores José SANTELLI, Omar MAZA, Fernando BERMÚDEZ, Oscar ASTRADA y Raúl HERRERA y el Centro Comercial e Industrial de La Rioja, representado por su Presidenta, Doña Irma DUEÑAS.- ARTÍCULO 2º.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º Período Legislativo, a ocho días del mes de mayo del año dos mil catorce. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.535

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ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva, para que a través del Instituto Provincial de Agua La Rioja -IPALaR-, se ejecuten las Obras Hídricas de reacondicionamiento de las Plantas Potabilizadoras y redes de distribución ubicadas en los siguientes Parajes: Santa Lucía, La Aguadita, Bella Vista, Santa Bárbara, El Alto, Villa de Polco y El Quebrachal, ubicados todos ellos en el departamento Chamical.- ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la Función Ejecutiva a efectuar las modificaciones presupuestarias pertinentes.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º Período Legislativo, a ocho días del mes de mayo del año dos mil catorce. Proyecto presentado por el diputado ENRIQUE JACOBO NICOLINI.-

Ley 09.531

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ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio entre la Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador, Dr. Luis Beder HERRERA y el Banco de la Nación Argentina, representado por el señor Gerente Sucursal La Rioja, Don Pablo M. ALVAREZ.- ARTÍCULO 2º.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º Periodo Legislativo, a ocho días del mes de mayo del año dos mil catorce. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.527

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ARTÍCULO 1º.- Transfiérase a favor de la empresa EMSE – Energía y Minerales Sociedad del Estado de La Rioja- un (1) inmueble ubicado en el departamento Rosario Vera Peñaloza, y que responde a las siguientes características:
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