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Ley 09.666
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio Único de Colaboración y Transferencia, entre la
Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente de la Secretaría de Obras
Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios,
representada en este Acto por su titular, Arq. Germán Ariel NIVELLO, por una parte y
por la otra, la Provincia de La Rioja, representada por el Señor Gobernador Dr. Luis
Beder HERRERA.-
ARTÍCULO 2°.- El Convenio Único de Colaboración y Transferencia - Provincia de La
Rioja y el Reglamento General para la Rendición de Cuentas de Fondos
Presupuestarios Transferidos a Provincias, Municipios y/u otros entes, que como Anexo
I y II se adjuntan, forman parte del presente.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º
Período Legislativo, a dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.664
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio Único de Colaboración y Transferencia, entre la
Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente de la Secretaría de Obras
Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios,
representada en este Acto por su titular, Arq. Germán Ariel NIVELLO, por una parte y
por la otra, la Provincia de La Rioja, representada por el Señor Gobernador Dr. Luis
Beder HERRERA.-
ARTÍCULO 2°.- El Convenio Único de Colaboración y Transferencia - Provincia de La
Rioja y el Reglamento General para la Rendición de Cuentas de Fondos
Presupuestarios Transferidos a Provincias, Municipios y/u otros entes, forman parte de
la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º
Período Legislativo, a dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.662
ARTÍCULO 1°.- Establézcase la Ley Impositiva Anual para el Período Fiscal 2015.
La recaudación de impuestos, tasas, contribuciones, cánones y demás tributos
establecidos por el Código Tributario para el período mencionado, se efectuará de
acuerdo a las alícuotas y/o cantidades fijadas en esta Ley.-

Ley 09.660
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2015, el plazo establecido en el
Artículo 1º de la Ley Nº 9.488 –Emergencia Económica del Sector Olivícola de nuestra
Provincia.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º
Período Legislativo, a dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
Proyecto presentado por el BLOQUE DE DIPUTADOS JUSTICIALISTA.-

Ley 09.658
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase hasta el día 31 de diciembre del año 2015, el plazo
establecido en el Artículo 1° de la Ley N° 9.415 –Regularización de la adquisición de
viviendas a través de la Administración Provincial de Vivienda y Urbanismo.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º
Período Legislativo, a dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
Proyecto presentado por el BLOQUE DE DIPUTADOS JUSTICIALISTA.-

Ley 09.656
ARTÍCULO 1º.- Impóngase el nombre de Profesor Nubelio Valentín Brizuela, al
Jardín de Infantes Nucleado Nº 1, de la localidad de Villa Castelli, departamento
General Lamadrid.-
ARTÍCULO 2º.- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología fijará la fecha en que
se llevará a cabo el Acto de Imposición de Nombre, dando cumplimiento a la presente
Ley.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º
Período Legislativo, a dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
Proyecto presentado por el diputado LUIS BERNARDO ORQUERA.-

Ley 09.665
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social de la Nación y la Universidad Nacional de Chilecito, para la
implementación de acciones de promoción del empleo, en el marco del Plan Integral
"Más y Mejor Trabajo"; representado en este Acto por el señor Ministro de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social de la Nación, Dr. Carlos A. TOMADA, por una parte y por
la otra, la Universidad Nacional de Chilecito- Provincia de La Rioja, representada por su
Rector, Ing. Norberto Raúl CAMINO.-
ARTÍCULO 2º.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º
Período Legislativo, a dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.663
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y
Pesca y la Provincia de La Rioja; representado en este Acto por el señor Ministro
Ingeniero Agrónomo D. Carlos Horacio CASAMIQUELA, por una parte y por la otra,
el Gobierno de la Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador, Dr.
Luís Beder HERRERA.-
ARTÍCULO 2º.- El Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y la
Provincia forma parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º
Período Legislativo, a dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.661
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre del año 2015, el plazo establecido
en el Artículo 1º de la Ley Nº 9.418 –Transferencia de causas sobre los delitos previstos
y penados por la Ley de Estupefacientes.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º
Período Legislativo, a dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
Proyecto presentado por el BLOQUE DE DIPUTADOS JUSTICIALISTA.-

Ley 09.659
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase el Artículo 1º de la Ley N° 8.493, modificado por las Leyes
Nº 8.496, 8.551, 8.687, 8.906, 9.163 y 9.326, hasta el 31 de diciembre de 2015 –
Emergencia Sanitaria e Higiénica por el Brote del Dengue.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 129º
Período Legislativo, a dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
Proyecto presentado por el BLOQUE DE DIPUTADOS JUSTICIALISTA.-

Ley 09.655
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Artículo 1º de la Ley Nº 5.430, modificada por la Ley Nº
8.547, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTÍCULO 1º.- La Licencia por Maternidad para los Agentes de las tres (3)
Funciones del Estado Provincial, Entes Autárquicos y Organismos
Descentralizados, será otorgada por un término de treinta (30) días anteriores al
parto. En aquellos casos en que por razones de salud, debidamente acreditadas
mediante certificación médica, resulte necesario tomar una mayor cantidad de
días anteriores al parto, podrá el agente reducir quince días del período de
licencia pos-parto.
La Licencia por Maternidad se completará con un período de ciento ochenta
(180) días posteriores al nacimiento”.-
ARTÍCULO 2º.- Modifícase el Artículo 4º de la Ley Nº 5.430, el que quedará redactado
de la siguiente forma:
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