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Ley 09.738

ARTÍCULO 1º.- Dispóngase la colocación de la leyenda: “Donar órganos es amar… Prolongando la vida a otros, www.incucai.gov.ar”, en todo el ámbito de la provincia de La Rioja.- ARTÍCULO 2º.- La leyenda enunciada en el Artículo 1º de la presente Ley, deberá ser colocada en forma visible en espacios públicos y privados de asistencia masiva de personas, que a continuación se detallan:
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Ley 09.736

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio Único de Colaboración y TransferenciaProvincia de La Rioja; entre la Subsecretaría de Obras Públicas dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, representada en este Acto por su titular, Ing. Abel Claudio FATALA, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte y por la otra, la Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador, Dr. Luis Beder HERRERA.- ARTÍCULO 2º.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 130º Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.734

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio Único de Colaboración y TransferenciaProvincia de La Rioja; entre la Subsecretaría de Obras Públicas dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, representada en este Acto por su titular, Ingeniero Abel Claudio FATALA, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte y por la otra, la Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador, Dr. Luís Beder HERRERA.- ARTÍCULO 2º.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 130º Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.732

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio Específico entre el Gobierno de la Provincia de La Rioja y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, representado en este Acto por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Económico de la Provincia de La Rioja, Ing. Javier Héctor TINEO, por una parte y por la otra, representado por la señora Presidenta del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ing. Agr. Diana María GUILLÉN.- ARTÍCULO 2º.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.730

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Modelo de Convenio Único de Colaboración y Transferencia Provincia de La Rioja, entre la Subsecretaría de Recursos Hídricos dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, representada en este Acto por su titular Ingeniero Edgardo Atilio BORTOLOZZI, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte y por la otra, la Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador, Dr. Luis Beder HERRERA.- ARTÍCULO 2°.- La Resolución Nº 405 y el Modelo de Convenio Único de Colaboración y Transferencia forman parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.728

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Decreto Nº 1016/15 de la Función Ejecutiva, Crea la Coordinación Provincial de Salud Pública.- ARTÍCULO 2º.- El Decreto forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.737

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Provincia de La Rioja; representado en este Acto por el Señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, Ing. Agr. Dn. Carlos Horacio CASAMIQUELA, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte y por la otra, representado por el Señor Gobernador de la Provincia de La Rioja, Dr. Luis Beder HERRERA.- ARTÍCULO 2º.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.735

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Provincia de La Rioja; representado en este Acto por el señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, Ingeniero Agrónomo Don Carlos Horacio CASAMIQUELA, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte y por la otra, representado por el señor Gobernador de la Provincia de La Rioja, Dr. Luis Beder HERRERA.- ARTÍCULO 2°.- El Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Provincia forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.733

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase la Addenda al Convenio N° 94 de fecha 19 de julio de 2012, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Provincia de La Rioja; representado en este Acto por el Señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, Ingeniero Agrónomo Carlos Horacio CASAMIQUELA, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gobierno de la Provincia de La Rioja representada por el Señor Gobernador Dr. Luis Beder HERRERA.- ARTÍCULO 2º.- La Addenda al Convenio N° 94 forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.731

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio entre el Gobierno de la Provincia de La Rioja, representado en este Acto por el señor Gobernador, DR. Luis Beder HERRERA, por una parte y por la otra, el Consejo Federal de Inversiones, representado por su Secretario General, Ing. Juan José CIÁCERA.- ARTÍCULO 2°.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.729

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Modelo de Convenio Único de Colaboración y Transferencia Provincia de La Rioja, entre la Subsecretaría de Recursos Hídricos dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, representada en este Acto por su titular Ingeniero Edgardo Atilio BORTOLOZZI, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte y por la otra, la Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador, Dr. Luis Beder HERRERA.- ARTÍCULO 2°.- La Resolución Nº 405 y el Modelo de Convenio Único de Colaboración y Transferencia forman parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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Ley 09.727

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Decreto Nº 510/15 de la Función Ejecutiva, Funcionarios No Escalafonados pertenecientes a la Secretaría de Trabajo.- ARTÍCULO 2º.- El Decreto forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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