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Ley 09.738
ARTÍCULO 1º.- Dispóngase la colocación de la leyenda: “Donar órganos es amar…
Prolongando la vida a otros, www.incucai.gov.ar”, en todo el ámbito de la provincia
de La Rioja.-
ARTÍCULO 2º.- La leyenda enunciada en el Artículo 1º de la presente Ley, deberá ser
colocada en forma visible en espacios públicos y privados de asistencia masiva de
personas, que a continuación se detallan:

Ley 09.736
ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio Único de Colaboración y TransferenciaProvincia de La Rioja; entre la Subsecretaría de Obras Públicas dependiente de la
Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios, representada en este Acto por su titular, Ing. Abel Claudio FATALA, de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte y por la otra, la Provincia de La Rioja,
representada por el señor Gobernador, Dr. Luis Beder HERRERA.-
ARTÍCULO 2º.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 130º Período
Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto
presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.734
ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio Único de Colaboración y TransferenciaProvincia de La Rioja; entre la Subsecretaría de Obras Públicas dependiente de la
Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios, representada en este Acto por su titular, Ingeniero Abel Claudio FATALA,
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte y por la otra, la Provincia de La
Rioja, representada por el señor Gobernador, Dr. Luís Beder HERRERA.-
ARTÍCULO 2º.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 130º Período
Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto
presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.732
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio Específico entre el Gobierno de la Provincia de
La Rioja y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, representado en
este Acto por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Económico de la Provincia
de La Rioja, Ing. Javier Héctor TINEO, por una parte y por la otra, representado por la
señora Presidenta del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ing. Agr. Diana María GUILLÉN.-
ARTÍCULO 2º.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º
Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto
presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.730
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Modelo de Convenio Único de Colaboración y
Transferencia Provincia de La Rioja, entre la Subsecretaría de Recursos Hídricos
dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios, representada en este Acto por su titular Ingeniero
Edgardo Atilio BORTOLOZZI, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte
y por la otra, la Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador, Dr. Luis
Beder HERRERA.-
ARTÍCULO 2°.- La Resolución Nº 405 y el Modelo de Convenio Único de Colaboración
y Transferencia forman parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º
Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto
presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.728
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Decreto Nº 1016/15 de la Función Ejecutiva, Crea la
Coordinación Provincial de Salud Pública.-
ARTÍCULO 2º.- El Decreto forma parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º
Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto
presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.737
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y
Pesca y la Provincia de La Rioja; representado en este Acto por el Señor Ministro de
Agricultura, Ganadería y Pesca, Ing. Agr. Dn. Carlos Horacio CASAMIQUELA, de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte y por la otra, representado por el
Señor Gobernador de la Provincia de La Rioja, Dr. Luis Beder HERRERA.-
ARTÍCULO 2º.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º
Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto
presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.735
ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y
Pesca y la Provincia de La Rioja; representado en este Acto por el señor Ministro de
Agricultura, Ganadería y Pesca, Ingeniero Agrónomo Don Carlos Horacio
CASAMIQUELA, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte y por la otra,
representado por el señor Gobernador de la Provincia de La Rioja, Dr. Luis Beder
HERRERA.-
ARTÍCULO 2°.- El Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y la
Provincia forma parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º
Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto
presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.733
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase la Addenda al Convenio N° 94 de fecha 19 de julio de 2012,
entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Provincia de La Rioja;
representado en este Acto por el Señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca,
Ingeniero Agrónomo Carlos Horacio CASAMIQUELA, de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y el Gobierno de la Provincia de La Rioja representada por el Señor
Gobernador Dr. Luis Beder HERRERA.-
ARTÍCULO 2º.- La Addenda al Convenio N° 94 forma parte de la presente como
Anexo.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º Período
Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto presentado
por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.731
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio entre el Gobierno de la Provincia de La Rioja,
representado en este Acto por el se ñor Gobernador, DR. Luis Beder HERRERA, por
una parte y por la otra, el Consejo Federal de Inversiones, representado por su
Secretario General, Ing. Juan José CIÁCERA.-
ARTÍCULO 2°.- El Convenio forma parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º
Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto
presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.729
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Modelo de Convenio Único de Colaboración y
Transferencia Provincia de La Rioja, entre la Subsecretaría de Recursos Hídricos
dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios, representada en este Acto por su titular Ingeniero
Edgardo Atilio BORTOLOZZI, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte
y por la otra, la Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador, Dr. Luis
Beder HERRERA.-
ARTÍCULO 2°.- La Resolución Nº 405 y el Modelo de Convenio Único de Colaboración
y Transferencia forman parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º
Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto
presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.727
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Decreto Nº 510/15 de la Función Ejecutiva, Funcionarios
No Escalafonados pertenecientes a la Secretaría de Trabajo.-
ARTÍCULO 2º.- El Decreto forma parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º
Período Legislativo, a veinte días del mes de agosto del año dos mil quince. Proyecto
presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
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