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Ley 09.750
ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Función Ejecutiva a realizar mediante las áreas
que correspondan, las acciones tendientes para establecer un Emprendimiento
Textil en el distrito Malligasta del departamento Chilecito.-
ARTÍCULO 2°.- Los fondos que demande el cumplimiento de la presente Ley
serán imputados de Rentas Generales del Presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º
Período Legislativo, a diez días del mes de septiembre del año dos mil quince.
Proyecto presentado por el diputado NICOLÁS OSCAR SOTOMAYOR.-

Ley 09.748
ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Función Ejecutiva a realizar mediante las áreas
que correspondan, el proyecto de construcción de una Fábrica de Vinos Caseros
y Productos Regionales en el distrito Malligasta del departamento Chilecito.-
ARTÍCULO 2°.- Los fondos que demande el cumplimiento de la presente Ley
serán imputados de Rentas Generales del Presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º
Período Legislativo, a diez días del mes de septiembre del año dos mil quince.
Proyecto presentado por el diputado NICOLÁS OSCAR SOTOMAYOR.-

Ley 09.746
ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Decreto N° 1.467/15 en el marco del Decreto
Nacional N° 660, en el que se crea el Programa Federal de Desendeudamiento de
las Provincias Argentinas.-
ARTÍCULO 2°.- El Decreto N° 1.467 forma parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130°
Período Legislativo, a diez días del mes de septiembre del año dos mil quince.
Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.744
ARTÍCULO 1º.- Incorpórase al Anexo de la Ley Nº 8.133 a las Organizaciones No
Gubernamentales que se detallan a continuación: Fundación “Amar la Vida”;
Fundación C.O.R.I. para la investigación y el tratamiento del cáncer; Asociación
Civil “Progreso y Justicia Social”; Asociación Anestesiológica Riojana y Asociación
Lucha contra el Mal de Alzheimer de La Rioja-ALMA.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º
Período Legislativo, a tres días del mes de septiembre del año dos mil quince.
Proyecto presentado por el diputado PEDRO ENRIQUE MOLINA.-

Ley 09.742
ARTÍCULO 1º.- Impóngase el nombre de Eva Perón al Edificio Público, sede del
Centro Administrativo Provincial (CAP), ubicado en Avenida Ortíz de Ocampo
1700, de esta ciudad.-
ARTÍCULO 2º.- La Secretaría General y Legal de la Gobernación determinará la
fecha en la cual se concretará el Acto formal de Imposición de Nombre, dando
cumplimiento a la presente Ley.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º
Período Legislativo, a tres días del mes de septiembre del año dos mil quince.
Proyecto presentado por la diputada ISABEL MARTA SALINAS.-

Ley 09.740
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase por el siguiente, el texto del Artículo 4° del Título II,
Capítulo I, de la Ley N° 8.879, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 4°.- Facúltase a la Función Ejecutiva a disponer la emisión de
Bonos de Cancelación de Deuda (BOCADE) en las series que la misma
determine en cada oportunidad, con arreglo a las disposiciones de la presente
Ley, la que tiene carácter de orden público”.-
ARTÍCULO 2º.- Incorpórase al Título II, Capítulo I, de la Ley N° 8.879, como
Artículo 5° Bis, el siguiente:
“ARTÍCULO 5° BIS.- Inclúyase al pago de las deudas originadas en las
obligaciones derivadas de la aplicación de la Ley N° 4.611 y sus modificatorias, en
los compromisos a atender con los Bonos de Cancelación de Deuda
(BOCADE)”.-
ARTÍCULO 3º.- Sustitúyase el Punto VI del Artículo 6°, Título II, Capítulo II, de la
Ley N° 8.879, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Ley 09.749
ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Función Ejecutiva a realizar mediante las áreas
que correspondan, las acciones tendientes para establecer un Emprendimiento
Textil en el distrito Malligasta del departamento Chilecito.-
ARTÍCULO 2°.- Los fondos que demande el cumplimiento de la presente Ley
serán imputados de Rentas Generales del Presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º
Período Legislativo, a diez días del mes de septiembre del año dos mil quince.
Proyecto presentado por el diputado NICOLÁS OSCAR SOTOMAYOR.-

Ley 09.747
ARTÍCULO 1°.- Ratifícase la Addenda al Convenio N° 281 de fecha 19 de
noviembre de 2013 entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca
representado en este Acto por el señor Ministro, Ing. Agr. Carlos Horacio
CASAMIQUELA, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gobierno de la
Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador, Dr. Luis Beder
HERRERA.-
ARTÍCULO 2°.- La Addenda al Convenio Nº 281 forma parte de la presente como
Anexo.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130°
Período Legislativo, a diez días del mes de septiembre del año dos mil quince.
Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.745
ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Decreto N° 1.324/15 de la Función Ejecutiva,
disponiendo la designación, reorganización y ratificación del Directorio del Nuevo
Banco de La Rioja S.A.-
ARTÍCULO 2°.- El Decreto N° 1.324 forma parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130°
Período Legislativo, a diez días del mes de septiembre del año dos mil quince.
Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.743
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Artículo 1º de la Ley Nº 9.413, el que quedará
redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1º.- Transfiérase en carácter de donación con cargo, el
dominio de un (1) inmueble perteneciente al Estado Provincial a favor de la Iglesia
Adventista del Séptimo Día y que responde a las siguientes características:

Ley 09.741
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Artículo 1° de la Ley N° 8.963, el que quedará
redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1°.- Institúyase la distinción CONDOR a personalidades que
se destaquen en las distintas manifestaciones culturales de nuestra Provincia,
como así también a instituciones que llevan adelante una destacada labor en la
promoción social”.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º
Período Legislativo, a tres días del mes de septiembre del año dos mil quince.
Proyecto presentado por el diputado GERARDO NICOLÁS MORENO.-

Ley 09.739
ARTÍCULO 1º.- Establézcase un Régimen de Regularización de Obligaciones
para los contribuyentes y/o responsables del pago de tributos, actualizaciones,
recargos, multas e intereses adeudados, vencidos y no prescriptos al 31 de
diciembre de 2014.
Los contribuyentes y/o responsables podrán acogerse al presente Régimen hasta
ciento ochenta (180) días corridos posteriores a la fecha de inicio de vigencia de
esta Norma.-
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