top of page
white-crinkled-paper-texture.jpg
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.750

ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Función Ejecutiva a realizar mediante las áreas que correspondan, las acciones tendientes para establecer un Emprendimiento Textil en el distrito Malligasta del departamento Chilecito.- ARTÍCULO 2°.- Los fondos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán imputados de Rentas Generales del Presupuesto vigente.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º Período Legislativo, a diez días del mes de septiembre del año dos mil quince. Proyecto presentado por el diputado NICOLÁS OSCAR SOTOMAYOR.-
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.748

ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Función Ejecutiva a realizar mediante las áreas que correspondan, el proyecto de construcción de una Fábrica de Vinos Caseros y Productos Regionales en el distrito Malligasta del departamento Chilecito.- ARTÍCULO 2°.- Los fondos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán imputados de Rentas Generales del Presupuesto vigente.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º Período Legislativo, a diez días del mes de septiembre del año dos mil quince. Proyecto presentado por el diputado NICOLÁS OSCAR SOTOMAYOR.-
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.746

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Decreto N° 1.467/15 en el marco del Decreto Nacional N° 660, en el que se crea el Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas.- ARTÍCULO 2°.- El Decreto N° 1.467 forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130° Período Legislativo, a diez días del mes de septiembre del año dos mil quince. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.744

ARTÍCULO 1º.- Incorpórase al Anexo de la Ley Nº 8.133 a las Organizaciones No Gubernamentales que se detallan a continuación: Fundación “Amar la Vida”; Fundación C.O.R.I. para la investigación y el tratamiento del cáncer; Asociación Civil “Progreso y Justicia Social”; Asociación Anestesiológica Riojana y Asociación Lucha contra el Mal de Alzheimer de La Rioja-ALMA.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º Período Legislativo, a tres días del mes de septiembre del año dos mil quince. Proyecto presentado por el diputado PEDRO ENRIQUE MOLINA.-
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.742

ARTÍCULO 1º.- Impóngase el nombre de Eva Perón al Edificio Público, sede del Centro Administrativo Provincial (CAP), ubicado en Avenida Ortíz de Ocampo 1700, de esta ciudad.- ARTÍCULO 2º.- La Secretaría General y Legal de la Gobernación determinará la fecha en la cual se concretará el Acto formal de Imposición de Nombre, dando cumplimiento a la presente Ley.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º Período Legislativo, a tres días del mes de septiembre del año dos mil quince. Proyecto presentado por la diputada ISABEL MARTA SALINAS.-
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.740

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase por el siguiente, el texto del Artículo 4° del Título II, Capítulo I, de la Ley N° 8.879, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 4°.- Facúltase a la Función Ejecutiva a disponer la emisión de Bonos de Cancelación de Deuda (BOCADE) en las series que la misma determine en cada oportunidad, con arreglo a las disposiciones de la presente Ley, la que tiene carácter de orden público”.- ARTÍCULO 2º.- Incorpórase al Título II, Capítulo I, de la Ley N° 8.879, como Artículo 5° Bis, el siguiente: “ARTÍCULO 5° BIS.- Inclúyase al pago de las deudas originadas en las obligaciones derivadas de la aplicación de la Ley N° 4.611 y sus modificatorias, en los compromisos a atender con los Bonos de Cancelación de Deuda (BOCADE)”.- ARTÍCULO 3º.- Sustitúyase el Punto VI del Artículo 6°, Título II, Capítulo II, de la Ley N° 8.879, el que quedará redactado de la siguiente manera:
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.749

ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Función Ejecutiva a realizar mediante las áreas que correspondan, las acciones tendientes para establecer un Emprendimiento Textil en el distrito Malligasta del departamento Chilecito.- ARTÍCULO 2°.- Los fondos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán imputados de Rentas Generales del Presupuesto vigente.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º Período Legislativo, a diez días del mes de septiembre del año dos mil quince. Proyecto presentado por el diputado NICOLÁS OSCAR SOTOMAYOR.-
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.747

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase la Addenda al Convenio N° 281 de fecha 19 de noviembre de 2013 entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca representado en este Acto por el señor Ministro, Ing. Agr. Carlos Horacio CASAMIQUELA, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gobierno de la Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador, Dr. Luis Beder HERRERA.- ARTÍCULO 2°.- La Addenda al Convenio Nº 281 forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130° Período Legislativo, a diez días del mes de septiembre del año dos mil quince. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.745

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Decreto N° 1.324/15 de la Función Ejecutiva, disponiendo la designación, reorganización y ratificación del Directorio del Nuevo Banco de La Rioja S.A.- ARTÍCULO 2°.- El Decreto N° 1.324 forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130° Período Legislativo, a diez días del mes de septiembre del año dos mil quince. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.743

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Artículo 1º de la Ley Nº 9.413, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1º.- Transfiérase en carácter de donación con cargo, el dominio de un (1) inmueble perteneciente al Estado Provincial a favor de la Iglesia Adventista del Séptimo Día y que responde a las siguientes características:
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.741

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Artículo 1° de la Ley N° 8.963, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1°.- Institúyase la distinción CONDOR a personalidades que se destaquen en las distintas manifestaciones culturales de nuestra Provincia, como así también a instituciones que llevan adelante una destacada labor en la promoción social”.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 130º Período Legislativo, a tres días del mes de septiembre del año dos mil quince. Proyecto presentado por el diputado GERARDO NICOLÁS MORENO.-
LOGO-NEGRO.png

Ley 09.739

ARTÍCULO 1º.- Establézcase un Régimen de Regularización de Obligaciones para los contribuyentes y/o responsables del pago de tributos, actualizaciones, recargos, multas e intereses adeudados, vencidos y no prescriptos al 31 de diciembre de 2014. Los contribuyentes y/o responsables podrán acogerse al presente Régimen hasta ciento ochenta (180) días corridos posteriores a la fecha de inicio de vigencia de esta Norma.-
  • 392
    Página 71
bottom of page