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Ley 09.863

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Acuerdo de fecha 02 de agosto de 2016 suscripto
entre el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, representado por su
titular Lic. Rogelio FRIGERIO, por una parte y la provincia de La Rioja
representada por el señor Gobernador de la Provincia, Cr. Sergio Guillermo
CASAS, por la otra parte, a través del cual se implementa la devolución del TRES
POR CIENTO (3%) a favor de la Provincia de la masa de recursos coparticipables
de los Acuerdos Nación - Provincias.-
ARTÍCULO 2°.- El Acuerdo que se ratifica en el Artículo 1°, forma parte de la
presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 131º
Período Legislativo, a once días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.
Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
Ley 09.859

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva para que, a través del Ministerio
de Infraestructura, disponga la realización de veredas y cordones en las
localidades de Nacate, Solca, San Antonio, Malanzán, Atiles y Portezuelo, del
departamento Juan Facundo Quiroga.-
ARTÍCULO 2°.- Autorízase a la Función Ejecutiva, a efectuar los gastos necesarios
de la presente Ley, los que serán imputados de la partida presupuestaria,
Ejercicio 2016.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 131°
Período Legislativo, a veintitrés días del mes de junio del año dos mil dieciséis.
Proyecto presentado por el diputado JUAN RAMÓN ROMERO.-
Ley 09.855

ARTÍCULO 1º.- Impónese el nombre de Eva Perón, a la Escuela de Gestión
Comunitaria de la ciudad de La Rioja, departamento Capital.-
ARTÍCULO 2º.- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, fijará la fecha en
la cual se concretará el Acto Formal de Imposición de Nombre, dando
cumplimiento a la presente Ley.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 131º
Período Legislativo, a veintitrés días del mes de junio del año dos mil dieciséis.
Proyecto presentado por la diputada ADRIANA DEL VALLE OLIMA.-
Ley 09.862

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Artículo 32º de la Ley Nº 9.780, Presupuesto de la
Administración Pública Provincial para el Ejercicio 2016, el que quedará redactado
de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 32º.- Adhiérase la Provincia a lo dispuesto por el Artículo 54º de
la Ley Nacional Nº 27.198, mediante el cual se prorroga para el Ejercicio 2016, las
disposiciones contenidas en los Artículos 1º y 2º de la Ley Nacional Nº 26.530, de
excepciones a la Ley Nacional Nº 25.917, de creación del Régimen Federal de
Responsabilidad Fiscal”.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 131º
Período Legislativo, a once días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.
Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
Ley 09.858

ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Función Ejecutiva que a través del Ministerio de
Infraestructura, realice en forma urgente el estudio de factibilidad técnica para
concretar la Obra del Puente en el cruce del Río de Loma Blanca (ex Ruta
Nacional N° 79) en el departamento General Belgrano.-
ARTÍCULO 2º.- Autorízase a la Función Ejecutiva a efectuar los gastos necesarios
de la presente Ley, los que serán imputados de la partida presupuestaria,
Ejercicio 2016.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 131º
Período Legislativo, a veintitrés días del mes de junio del año dos mil dieciséis.
Proyecto presentado por el diputado JUAN TRÁNSITO URBANO.-
Ley 09.861

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a través del Ministerio de
Infraestructura, a realizar los Convenios pertinentes con la Nación, para ejecutar el
encauce, limpieza y empedrado del Río Nacate del departamento Juan Facundo
Quiroga.-
ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la Autoridad de Aplicación que la Función Ejecutiva
determine a realizar el debido estudio y evaluación de impacto ambiental que
corresponda.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archivar.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 131°
Período Legislativo, a veintitrés días del mes de junio del año dos mil dieciséis.
Proyecto presentado por el diputado JUAN RAMÓN ROMERO.-
Ley 09.853

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio de Coordinación y Cooperación entre el
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, representada por el señor
Rab. Sergio Alejandro BERGMAN y el Gobierno de la provincia de La Rioja,
representada por el señor Gobernador, Cr. Sergio Guillermo CASAS.-
ARTÍCULO 2°.- El Convenio de Coordinación y Cooperación forma parte de la
presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 131°
Período Legislativo, a veintitrés días del mes de junio del año dos mil dieciséis.
Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
Ley 09.860

ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Función Ejecutiva para que, a través del Ministerio
de Infraestructura, efectúe el estudio de factibilidad técnica para la ejecución de la
obra red de cloacas y planta de tratamiento de efluentes cloacales, en la localidad
de El Portezuelo, departamento Juan Facundo Quiroga.-
ARTÍCULO 2º.- Autorízase a la Función Ejecutiva para que, a través del Ministerio
de Infraestructura, efectúe el estudio de factibilidad técnica y confección del
proyecto respectivo, para la realización de la obra de Construcción de Desagües
Pluviales, en la localidad de El Portezuelo, departamento Juan Facundo Quiroga.-
ARTÍCULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de los Artículos 1º y 2º
de la presente Ley, serán imputados al Plan de Trabajo de Obras Públicas,
Ejercicio 2016.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 131º
Período Legislativo, a veintitrés días del mes de junio del año dos mil dieciséis.
Proyecto presentado por el diputado JUAN RAMÓN ROMERO.-
Ley 09.852

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a otorgar un permiso y/o licencia
especial a partir del día 04 de julio del corriente año, a los agentes de la
Administración Pública Provincial y Entes Descentralizados dependientes de la
Función Ejecutiva, con factor de riesgo para contraer el Virus H1N1, conocido
como Gripe “A”.-
ARTÍCULO 2°.- Considérese Grupo de Riesgo a aquellas personas que se
encuentran en las siguientes situaciones especiales: Enfermedades cardíacas,
diabetes, inmunodeprimidos, insuficiencia renal crónicas, enfermedad pulmonar
obstructiva crónica (EPOC), pacientes con tratamiento oncológico y trasplantados,
enfermedades respiratorias en general y mujeres embarazadas,
ARTÍCULO 3°.- La presente Ley tendrá vigencia desde el 04 de julio del corriente
año hasta la culminación del receso invernal.-
ARTÍCULO 4°.- Invítase a la Función Judicial y Municipios de la Provincia a adherir
a los términos de la presente Ley.-
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.
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