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Ley 09.975

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ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Marco para la Implementación del Programa Nacional de Ciudades, Municipios y Comunidades saludables en la provincia de la Rioja, representada por el Sr. Ministro de Salud de la Nación Dr. Jorge Daniel Lemus y la provincia de La Rioja, representada por la Señora Ministra de Salud Pública, celebrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a veinte (20) días del mes febrero de 2017.- ARTÍCULO 2º.- El Convenio Marco forma parte del presente texto legal como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 132º Período Legislativo, a quince días del mes de junio del año dos mil diecisiete. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.

Ley 09.971

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ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Compromiso Federal entre las provincias de Catamarca y La Rioja, siendo representado por los gobernadores Dra. Lucía CORPACCI y Cr. Sergio Guillermo CASAS Respectivamente.- ARTÍCULO 2º.- El Compromiso Federal forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones en la Legislatura de la Provincia en La Rioja, 132º Período Legislativo a quince días del mes de junio del año dos mil diecisiete. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.967

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ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a transferir el vehículo del Parque Automotor de propiedad del Estado Provincial, dominio IFU 575, marca Toyota, tipo Pick up, modelo Hilux 4x2 cabina doble DX 2.5 TD, color blanco, motor N° 2KD-7584542, chasis N° 8AJER32G784024659, al representante de la Asociación de Bomberos Voluntarios Ciudad de La Rioja, Señor Jorge Eduardo Galván, DNI N° 24.939.025.- ARTÍCULO 2°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a transferir el vehículo del Parque Automotor de propiedad del Estado Provincial, dominio CLB 974, marca Isuzu, modelo TFS55H-00 Turbo, tipo Pick up, motor marca Isuzu N° 402179, chasis marca Isuzu N° JAATFS55HV9104507, año 1998, a la Asociación de Bomberos Voluntarios Ciudad de La Rioja, representada por el Señor Jorge Eduardo Galván, DNI 24.939.025.- ARTÍCULO 3°.- Dispóngase que será por cuenta y cargo del Señor Representante de la Asociación de Bomberos Voluntarios la contratación de la cobertura de seguro de responsabilidad civil, como así también los gastos que demande la conservación y mantenimiento de los vehículos detallados en los Artículos 1° y 2° de la presente Ley.

Ley 09.974

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ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio Específico entre la Secretaría de Coordinación y Desarrollo Territorial del Ministerio de Agroindustria y el Ministerio de Producción y Desarrollo Económico de la provincia de La Rioja, representada por el señor Secretario de Coordinación y Desarrollo Territorial, Abogado Dr. Santiago Hardie y la Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador, Cr. Sergio Guillermo Casas.- ARTÍCULO 2°.- El Acta Acuerdo y los Anexos I, II y III forman parte del presente texto legal como Anexo.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 132° Período Legislativo, a quince días del mes de junio del año dos mil diecisiete. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.970

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ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio de Colaboración Institucional entre los señores: Secretario de Turismo de La Rioja, Lic. Álvaro Del Pino, el Secretario de Ciencia y Tecnología de La Rioja, Ing. Javier Héctor Tineo, el Rector de la Universidad Nacional de La Rioja, Lic. Fabián Alejandro Calderón, el decano de la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional La Rioja, Ing. José Nicolás Nieto, celebrado en la Ciudad de La Rioja a nueve días del mes de febrero de 2017.- ARTÍCULO 2º.- El Convenio de Colaboración Institucional forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 132º Período Legislativo, a quince días del mes de junio del año dos mil diecisiete. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.966

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ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Decreto F.E.P. N° 218, emanado con fecha 17 de marzo de 2017, mediante el cual se otorga un incremento salarial a los Agentes Públicos Provinciales.- ARTÍCULO 2º.- El Decreto forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 132º Período Legislativo, a veinte días del mes de abril del año dos mil diecisiete. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.973

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ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Acta Acuerdo, celebrada en la ciudad de La Rioja entre el Subsecretario de Control y Fiscalización Ambiental y Prevención de la Contaminación, funcionario del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, representado por el Dr. Juan Andrés TREBINO, el Secretario de Ambiente de la Provincia, Dr. Santiago AZULAY CORDERO, por una parte, y los Sres. Cr. Néstor Mauricio SARAGENTI, Gerente de Administración e Ing. Marcelo Claudio IELPO, Gerente Ingeniería y Mantenimiento en representación de la empresa CURTUMBE CBR S.A..- ARTÍCULO 2°.- El Acta Acuerdo forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja,132º Período Legislativo a, quince días del mes de junio del año dos mil diecisiete. Proyecto Presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.969

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ARTÍCULO 1°.- Impónese el nombre de Profesora Ana María Morales al Colegio Secundario de la localidad de Pagancillo, departamento General Felipe Varela.- ARTÍCULO 2°.- Establézcase que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología fijará la fecha para la concreción del Acto Formal de Imposición de Nombre, dando cumplimiento a la normativa vigente.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 132° Período Legislativo, a veinte días del mes de abril del año dos mil diecisiete. Proyecto presentado por la diputada SANDRA MABEL DOMÍNGUEZ.-

Ley 09.965

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ARTÍCULO 1°.- Dispóngase la colocación de la leyenda: SOMOS TREINTA MIL, en todo el ámbito de la provincia de La Rioja.- ARTÍCULO 2°.- La leyenda enunciada en el Artículo 1° de la presente Ley, deberá ser colocada al pie de página en toda documentación oficial emanada por las tres Funciones del Estado.- ARTÍCULO 3°.- Invítase a los Municipios a adherirse a lo dispuesto en la presente Ley.- ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 132º Período Legislativo, a dieciséis días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. Proyecto presentado por el diputado OSCAR EDUARDO CHAMÍA.-

Ley 09.972

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ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio de Cooperación para la Gestión del Capital Humano entre la Provincia de Córdoba y el Gobierno de la Provincia de La Rioja; celebrado entre el Señor Gobernador de la provincia de Córdoba, representada por su titular el Cr. Juan SCHIARETTI y la Provincia de La Rioja, representada por el Señor Gobernador de la provincia de La Rioja Cr. Sergio Guillermo CASAS, celebrado en la ciudad Capital de La Rioja a 19 días del mes de mayo de 2.017.- ARTÍCULO 2º.- El Convenio de Cooperación forma parte de la presente como Anexo.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia en La Rioja, 132º Período Legislativo, a quince días del mes de junio del año dos mil diecisiete. Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-

Ley 09.968

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ARTÍCULO 1°.- Impóngase el nombre de PROFESORA MARÍA MERCEDES ROLDÁN al Jardín de Infantes N° 25 del Barrio Antártida Norte de la ciudad de La Rioja, departamento Capital.- ARTÍCULO 2°.- Impútase al Jardín de Infantes N° 25 PROFESORA MARÍA MERCEDES ROLDÁN, los efectos y alcances de todo Acto Jurídico perfeccionado con anterioridad a la sanción de la presente Ley, al nombre de Jardín N° 25 “Carlos María Quiroga”.- ARTÍCULO 3°.- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología fijará la fecha en la que se formalizará la imposición del cambio de nombre, dando cumplimiento a la presente.- ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 132º Período Legislativo, a veinte días del mes de abril del año dos mil diecisiete. Proyecto presentado por los diputados ADRIANA DEL VALLE OLIMA y ELIO ARMANDO DÍAZ MORENO.

Ley 09.964

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ARTÍCULO 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, un (1) inmueble ubicado en la localidad de Miranda, departamento Chilecito, que será destinado para abastecer de agua potable y que responde a las siguientes características:
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