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Ley 09.975

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Marco para la Implementación del
Programa Nacional de Ciudades, Municipios y Comunidades saludables en la
provincia de la Rioja, representada por el Sr. Ministro de Salud de la Nación Dr.
Jorge Daniel Lemus y la provincia de La Rioja, representada por la Señora
Ministra de Salud Pública, celebrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a
veinte (20) días del mes febrero de 2017.-
ARTÍCULO 2º.- El Convenio Marco forma parte del presente texto legal como
Anexo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 132º
Período Legislativo, a quince días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.
Ley 09.971

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Compromiso Federal entre las provincias de
Catamarca y La Rioja, siendo representado por los gobernadores Dra. Lucía
CORPACCI y Cr. Sergio Guillermo CASAS Respectivamente.-
ARTÍCULO 2º.- El Compromiso Federal forma parte de la presente como
Anexo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones en la Legislatura de la Provincia en La Rioja, 132º
Período Legislativo a quince días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
Ley 09.967

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a transferir el vehículo del
Parque Automotor de propiedad del Estado Provincial, dominio IFU 575, marca
Toyota, tipo Pick up, modelo Hilux 4x2 cabina doble DX 2.5 TD, color blanco, motor
N° 2KD-7584542, chasis N° 8AJER32G784024659, al representante de la
Asociación de Bomberos Voluntarios Ciudad de La Rioja, Señor Jorge Eduardo
Galván, DNI N° 24.939.025.-
ARTÍCULO 2°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a transferir el vehículo del
Parque Automotor de propiedad del Estado Provincial, dominio CLB 974, marca
Isuzu, modelo TFS55H-00 Turbo, tipo Pick up, motor marca Isuzu N° 402179,
chasis marca Isuzu N° JAATFS55HV9104507, año 1998, a la Asociación de
Bomberos Voluntarios Ciudad de La Rioja, representada por el Señor Jorge
Eduardo Galván, DNI 24.939.025.-
ARTÍCULO 3°.- Dispóngase que será por cuenta y cargo del Señor Representante
de la Asociación de Bomberos Voluntarios la contratación de la cobertura de seguro
de responsabilidad civil, como así también los gastos que demande la conservación
y mantenimiento de los vehículos detallados en los Artículos 1° y 2° de la presente
Ley.
Ley 09.974

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Convenio Específico entre la Secretaría de
Coordinación y Desarrollo Territorial del Ministerio de Agroindustria y el Ministerio
de Producción y Desarrollo Económico de la provincia de La Rioja, representada
por el señor Secretario de Coordinación y Desarrollo Territorial, Abogado
Dr. Santiago Hardie y la Provincia de La Rioja, representada por el señor
Gobernador, Cr. Sergio Guillermo Casas.-
ARTÍCULO 2°.- El Acta Acuerdo y los Anexos I, II y III forman parte del presente
texto legal como Anexo.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 132°
Período Legislativo, a quince días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
Ley 09.970

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Convenio de Colaboración Institucional entre los
señores: Secretario de Turismo de La Rioja, Lic. Álvaro Del Pino, el Secretario de
Ciencia y Tecnología de La Rioja, Ing. Javier Héctor Tineo, el Rector de la
Universidad Nacional de La Rioja, Lic. Fabián Alejandro Calderón, el decano de
la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional La Rioja, Ing. José Nicolás
Nieto, celebrado en la Ciudad de La Rioja a nueve días del mes de febrero de
2017.-
ARTÍCULO 2º.- El Convenio de Colaboración Institucional forma parte de la
presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 132º
Período Legislativo, a quince días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
Ley 09.966

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase el Decreto F.E.P. N° 218, emanado con fecha 17 de
marzo de 2017, mediante el cual se otorga un incremento salarial a los Agentes
Públicos Provinciales.-
ARTÍCULO 2º.- El Decreto forma parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 132º
Período Legislativo, a veinte días del mes de abril del año dos mil diecisiete.
Proyecto presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
Ley 09.973

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Acta Acuerdo, celebrada en la ciudad de La Rioja
entre el Subsecretario de Control y Fiscalización Ambiental y Prevención de la
Contaminación, funcionario del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de
la Nación, representado por el Dr. Juan Andrés TREBINO, el Secretario de
Ambiente de la Provincia, Dr. Santiago AZULAY CORDERO, por una parte, y los
Sres. Cr. Néstor Mauricio SARAGENTI, Gerente de Administración e Ing.
Marcelo Claudio IELPO, Gerente Ingeniería y Mantenimiento en representación
de la empresa CURTUMBE CBR S.A..-
ARTÍCULO 2°.- El Acta Acuerdo forma parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja,132º
Período Legislativo a, quince días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
Proyecto Presentado por la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
Ley 09.969

ARTÍCULO 1°.- Impónese el nombre de Profesora Ana María Morales al Colegio
Secundario de la localidad de Pagancillo, departamento General Felipe Varela.-
ARTÍCULO 2°.- Establézcase que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología
fijará la fecha para la concreción del Acto Formal de Imposición de Nombre, dando
cumplimiento a la normativa vigente.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 132°
Período Legislativo, a veinte días del mes de abril del año dos mil diecisiete.
Proyecto presentado por la diputada SANDRA MABEL DOMÍNGUEZ.-
Ley 09.965

ARTÍCULO 1°.- Dispóngase la colocación de la leyenda: SOMOS TREINTA MIL,
en todo el ámbito de la provincia de La Rioja.-
ARTÍCULO 2°.- La leyenda enunciada en el Artículo 1° de la presente Ley, deberá
ser colocada al pie de página en toda documentación oficial emanada por las tres
Funciones del Estado.-
ARTÍCULO 3°.- Invítase a los Municipios a adherirse a lo dispuesto en la presente
Ley.-
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 132º
Período Legislativo, a dieciséis días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.
Proyecto presentado por el diputado OSCAR EDUARDO CHAMÍA.-
Ley 09.972

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio de Cooperación para la Gestión del Capital Humano
entre la Provincia de Córdoba y el Gobierno de la Provincia de La Rioja; celebrado entre el
Señor Gobernador de la provincia de Córdoba, representada por su titular el Cr. Juan
SCHIARETTI y la Provincia de La Rioja, representada por el Señor Gobernador de la provincia
de La Rioja Cr. Sergio Guillermo CASAS, celebrado en la ciudad Capital de La Rioja a 19
días del mes de mayo de 2.017.-
ARTÍCULO 2º.- El Convenio de Cooperación forma parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia en La Rioja, 132º Período
Legislativo, a quince días del mes de junio del año dos mil diecisiete. Proyecto presentado por
la FUNCIÓN EJECUTIVA.-
Ley 09.968

ARTÍCULO 1°.- Impóngase el nombre de PROFESORA MARÍA MERCEDES
ROLDÁN al Jardín de Infantes N° 25 del Barrio Antártida Norte de la ciudad de La
Rioja, departamento Capital.-
ARTÍCULO 2°.- Impútase al Jardín de Infantes N° 25 PROFESORA MARÍA
MERCEDES ROLDÁN, los efectos y alcances de todo Acto Jurídico perfeccionado
con anterioridad a la sanción de la presente Ley, al nombre de Jardín N° 25 “Carlos
María Quiroga”.-
ARTÍCULO 3°.- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología fijará la fecha en la
que se formalizará la imposición del cambio de nombre, dando cumplimiento a la
presente.-
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 132º
Período Legislativo, a veinte días del mes de abril del año dos mil diecisiete.
Proyecto presentado por los diputados ADRIANA DEL VALLE OLIMA y ELIO
ARMANDO DÍAZ MORENO.
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