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Ley 06.254
ARTICULO 1°.- Transfiérese, en carácter de donación con cargo, el dominio de un
inmueble perteneciente al Estado Provincial, a favor de la Cooperativa de Trabajo de
Médicos Riojanos Limitada (COMERI).-
ARTICULO 2°.- El inmueble donado es parte de otro de mayor extensión y responde a
las siguientes características:

Ley 06.246
ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a invertir los fondos necesarios
para la realización de la obra de Red Cloacal, en la localidad de Guandacol,
departamento Coronel Felipe Varela.-
ARTICULO 2°.- La Función Ejecutiva realizará el estudio de factibilidad técnica y
presupuestaria.-

Ley 06.253
ARTICULO 1°.- INSCRIPCION REGISTRAL UNIFICADA: Dispónese que todos los
Bienes Registrables del Estado Provincial deben inscribirse en los Registros Públicos
pertinentes exclusivamente a nombre del Estado Provincial, cualquiera sea el organismo,
área, oficina o dependencia oficial de la Administración Central o Descentralizada que
adquiera, use, utilice o tenga la disponibilidad del bien de que se trata.-

Ley 06.251
ARTICULO 1°.- Declárase de Interés Público la Producción, Edición y Distribución de
Videos cuyos contenidos sean compatibles con los contenidos básicos comunes o
regionales del Sistema Educativo Provincial o que sean considerados de Interés
General por la Dirección de Cultura de la Provincia.-

Ley 06.245
ARTICULO 1°.- Declárase de interés provincial el "Taller sobre Hierbas Medicinales
y Aromáticas de La Rioja" a realizarse en la ciudad capital de la Provincia, el día 24
del mes de octubre de 1996, organizado por la Sección "Conciencia Ecológica" del
Diario El Independiente.-
ARTICULO 2°.- Los Organismos que correspondan del Estado Provincial
acreditarán representantes y facilitarán en el área de su competencia las
actividades del Taller.-
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