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Ley 06.506

ARTICULO 1°.- Encomiéndase a la Administración Provincial del Agua la realización de los estudios y confección de proyectos de las siguientes obras:
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Ley 06.504

ARTICULO 1°.- Derógase la Ley N° 6.446.- ARTICULO 2°.- Modifícase el Artículo 18° de la Ley N° 6.421, el que quedará redactado de la siguiente forma:
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Ley 06.502

ARTICULO 1°.- Créase en la localidad de Vichigasta, departamento Chilecito el Instituto Superior de Formación Técnica dependiente del Ministerio de Educación y Cultura de La Rioja sobre la base presupuestaria y organizativa del Profesorado para la Enseñanza Primaria con Orientación Rural de Vichigasta.-
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Ley 06.500

ARTICULO 1°.- Declárase de Interés Provincial el desarrollo de las “Jornadas Hispano — Argentino de actualización en Kinesiología y Fisioterapia” a desarrollarse en la ciudad de La Rioja los días 4, 5 y 6 de septiembre de 1998.-
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Ley 06.498

ARTICULO 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia el inmueble ubicado en el Distrito Guandacol, sobre calle Copiapó, siíendo su superficie total una hectárea, limita al:
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Ley 06.496

ARTICULO 1ª.- La presente Ley tiene por objeto la creación de un Plan de Desarrollo Socioeconómico para los Llanos Riojanos de "REPARACION HISTORICA" mediante un programa totalizador que contemple el mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes de la región como una forma de lograr su reparación histórica y el desarrollo integral y armónico de la Provincia.-
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Ley 06.505

ARTICULO 1°.- Declárase de Interés Provincial la realización del Certamen Juvenil de Folklore “Chango”, organizado por la Municipalidad del departamento Capital durante el mes de octubre de cada año.-
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Ley 06.503

ARTICULO 1°.- Declárese de Interés Provincial la participación de los representantes de los Centros Vecinales y Animadores Comunitarios de nuestra Provincia, en el ler. Congreso Latinoamericano y Sexto Provincial e Interprovincial de Centros Vecinales, a llevarse a cabo en la ciudad de Córdoba los días 10, 11 y 12 de octubre del corriente año.-
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Ley 06.501

ARTICULO 1°.- Declárese de Interés Provincial el “lll Congreso Provincial de Historia de La Rioja”, que se realizará los días 17, 18 y 19 de septiembre del corriente año.-
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Ley 06.499

ARTICULO 1°.- La Función Ejecutiva deberá enviar, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, a las Funciones Legislativa y Judicial el duodécimo de sus respectivos presupuestos, en todas las partidas que lo conforman, en forma mensual.-
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Ley 06.497

ARTICULO 1ª°.- Derógase el Artículo 2° de la Ley N° 5.987.- ARTICULO 2ª.- Dispónese que la construcción del edificio para el Colegio Provincial Secundario de Vinchina, deberá erigirse en el terreno donado al Ministerio de Educación y Cultura por Decreto N° 111/98 emanado de la Intendencia Municipal, del departamento Vinchina.-
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Ley 06.495

ARTICULO 1°.- Impónese el nombre de "Gdor. José Francisco de la Vega" al hospital distrital de Tama, cabecera del Dpto. Gral. Angel Vicente Peñaloza.-
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