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Ley 06.566

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva Provincial a realizar la obra “Ampliación del Edificio de la Escuela N° 65°” ubicada en el distrito Campanas, departamento Famatina, con destino a la implementación del Tercer Ciclo de la Enseñanza General Básica (E.G.B.). La ampliación consistirá en la construcción de tres (3) aulas, dos (2) gabinetes, dirección y sanitarios para alumnos y docentes.-
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Ley 06.564

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva, a otorgar a favor del Señor Pedro Andrés Bustos, un subsidio mensual y permanente por la suma de $ 1.200 (PESOS UN MIL DOSCIENTOS).- ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, deberá imputarse a la partida correspondiente del Presupuesto General de la Provincia.-
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Ley 06.562

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva Provincial, a invertir los fondos necesarios para la concreción de la Obra de Red de Desagües Cloacales en el centro y barrio El Parque de la ciudad de Chilecito.-
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Ley 06.560

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva Provincial, a invertir los fondos necesarios para la concreción de la obra de red de desagües cloacales en la ciudad de Villa Unión en el departamento Felipe Varela.-
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Ley 06.558

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva Provincial, a invertir los fondos necesarios para concretar el estudio técnico, proyecto ejecutivo y construcción de la obra de defensa en el Río Bermejo, a la altura de Los Palacios en el departamento Felipe Varela.-
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Ley 06.556

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a invertir los fondos necesarios para ejecutar la obra "Centro Cívico para la ciudad de Olta”, en terreno que la Municipalidad Departamental destinará a tal efecto.-
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Ley 06.565

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a efectuar la venta a las Firmas “Pistachos Riojanos S.A. y Pistachos del Norte S.A.”, del inmueble de propiedad fiscal, ubicado en el Departamento San Blas de los Sauces, a doscientos (200) m. al Oeste de la Ruta Provincial N° 11, localidad de Schaqui, para ser destinado al cultivo del pistacho con riego localizado, y que responde a los síguientes datos catastrales:
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Ley 06.563

ARTICULO 1°.- Modifícase el Artículo 1° de la Ley N° 4.968, que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el terreno ubicado en la ciudad de La Rioja, cuya Nomenclatura Catastral correspondiente es: Circuscripción | — Sección C — Manzana 412 — Parcela 4 — Dominio 1.970 — Folio 4.407/10 — Año 1954 — Superficie aproximada de 42.969 m?. — de propiedad de Ascoeta, Justo Vicente; Ascoeta de San Román, Ramona y Ascoeta de Cano, Manuela Rosa”.-
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Ley 06.561

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva para que a través de la Dirección Provincial de Vialidad y Obras Públicas se inviertan los medios necesarios para la obra asfaltado en las calles que carezcan de él de los Distritos Nonogasta, Sañogasta y Malligasta en el departamento Chilecito.-
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Ley 06.559

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva Provincial, a invertir los fondos necesarios para el Estudio y posterior Pavimentación Urbana en las localidades de Los Palacios y Banda Florida, Barrios Guillermo Páez y Virgen de la Peña de la ciudad de Villa Unión, departamento Felipe Varela.-
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Ley 06.557

ARTICULO 1°.- Disfpónese que la Administración Provincial de Vialidad y Obras Públicas realice el Estudio, Trazado del camino y Factibilidad de Ejecución de asfaltado para el tramo que une la ciudad de Olta con el Dique del mismo nombre.-
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Ley 06.555

ARTICULO 1°.- Modifícase el Artículo 7° de la Ley N° 4.245 el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 7°.- En las contravenciones, se aplican las sanciones de multas, arrestos, decomisos y prohibición de concurrencias a espectáculos deportivos. La pena de prohibición de concurrencia consiste en la interdicción impuesta al contraventor para asistir a tantas fechas de Torneos organizados por Ligas, Federaciones y/o Asociaciones que ejerzan el Gobierno de las distintas disciplinas deportivas y que cuenten con reconocimiento oficial. Y será cumplida...
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