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Ley 06.578

ARTICULO 1°.- Declárase Ciudad a Olta, cabecera del departamento General Belgrano.- ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, ¡insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 113° Período Legislativo, a veintidós días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y ocho. Proyecto presentado por el diputado JUSTO LUIS ALBERTO LUNA.-
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Ley 06.576

ARTICULO 1°.- Ratifícase el Convenio celebrado entre la Secretaría de Desarrollo Social de la Nación y el Gobierno de la Provincia de La Rioja, representado en dicho acto por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social, mediante el cual la Provincia se obliga a la atención médica de los beneficiarios de Pensiones No Contributivas residentes en el ámbito de la misma.-
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Ley 06.574

ARTICULO 1°.- Declárase de Interés Provincial los “SEGUNDOS JUEGOS DE LA JUVENTUD TRASANDINA?” a llevarse a cabo en la provincia de La Rioja entre los días 12 al 18 de abril de 1999, cuya organización y coordinación estará a cargo del Consejo Provincial de la Juventud conjuntamente con la Dirección General de Deportes y Recreación.-
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Ley 06.572

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a incluir en el Presupuesto Año 1999, las partidas necesarias para el Estudio, Proyecto y Ejecución de la Obra Edificio Escuela de Comercio “Juan Facundo Quiroga” de Ulapes, departamento General San Martín.-
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Ley 06.570

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva para que a través de la Administración Provincial de Vialidad y Obras Públicas y/o Administración Provincial del Agua, se inviertan los recursos necesarios para las obras “Construcción de defensas y dragado de los ríos del Distrito Chilecito” y “Dragado de los ríos en los Distritos Nonogasta, Sañogasta y Miranda” del Dpto. Chilecito.-
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Ley 06.568

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva Provincial a invertir las sumas necesarias para la ejecución de la obra ‘lluminación del Acceso Norte a la ciudad de Famatina”, departamento Famatina.-
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Ley 06.577

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva, para que a través de la Direción General de Cultura dependiente del Ministerio de Educación y Cultura, proceda a llevar a cabo el proyecto de restauración y ejecución de las obras en los monumentos históricos que a continuación se detallan: la Casa Natal de Juan Facundo Quiroga en San Antonio y la casa de su Finca de Anajuacio, en Malanzán; la Casa Natal de Angel Vicente Peñaloza en Huaja y la Casa Natal de Rosarito Vera Peñaloza en Atiles, todos ubicados en jurisdicción del departamento Juan Facundo Quiroga.-
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Ley 06.575

ARTICULO 1°.- Dispónese la cesión en comodato precario de los pabellones del edificio del ex-Hospital Presidente Plaza, para el funcionamiento en los mismos de Instituciones de Bien Público — Organizaciones No Gubernamentales legalmente constituídas, cuya ubicación se identifica por la numeración existente en el Plano N° 200/1-1 que como Anexo | forma parte integrante de la presente Ley:
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Ley 06.573

ARTICULO 1°.- Declárase de Interés Provincial el SYMPOSIUM INTERNACIONAL DE SALINIDAD, a llevarse a cabo en la ciudad de Chilecito el 22 y 23 de octubre del corriente año.-
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Ley 06.571

ARTICULO 1°.- Dispónese que los puestos policiales camineros ubicados en los límites interprovinciales, deberán contar con la infraestructura edilicia adecuada, armamento, medios de movilidad, dotación de personal y recursos técnicos de comunicación.-
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Ley 06.569

ARTICULO 1°.- Modifícase el Artículo 1° de la Ley N° 4.853 que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 1°.- Créase el Círculo de Legisladores de la Provincia con las funciones y potestades de Entidad Autárquica de la Legislatura de la Provincia de La Rioja establecidas en la presente Ley y en todo lo que emerja de sus Estatutos Sociales”.-
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Ley 06.567

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva Provincial a realizar la obra “Ampliación edificio de la Escuela N° 64”, ubicada en Pituíl, departamento Famatina, con destino a la implementación del Tercer Ciclo de la Enseñanza General Básica (E.G.B.). La ampliación consistirá en la construcción de tres (3) aulas, dos (2) gabinetes, dirección y sanitarios para alumnos y docentes.-
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