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Ley 06.614

ARTICULO 1°.- Incorpdrase al Articulo 2° de la Ley N° 5.160 de Creacidn del “Fondo Especial de Fomento Minero Provincial’, el siguiente Anexo | como parte integrante del mismo, que quedara redactado de la siguiente manera:
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Ley 06.612

ARTICULO 1°.- Derédgase la Ley N° 6.280 sancionada con fecha diecinueve de diciembre de 1996.- ARTICULO 2°.- Modificase el Articulo 1° de la Ley N° 4.338 el que quedara redactado de la siguiente manera:
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Ley 06.610

ARTICULO 1°.- Declarase de Interés Provincial la ejecucién del proyecto y construccién del edificio destinado al funcionamiento de la Camara de Diputados de la provincia de La Rioja.-
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Ley 06.608

ARTICULO 1°- Autorizase a la Funcién Ejecutiva para que a través del Ministerio de Educacién y Cultura, proceda a la construccién de dos (2) aulas en el Colegio Secundario con Orientacién Agricola de Sanagasta.-
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Ley 06.606

ARTICULO 1°.- Créase en la localidad de Desiderio Tello, departamento Rosario Vera Penaloza, el Instituto Superior de Formacién Técnica dependiente del Ministerio de Educacién y Cultura de La Rioja, sobre la base presupuestaria y organizativa del Profesorado para la Ensenanza Primaria con Orientaci6n Rural.-
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Ley 06.604

ARTICULO 1°.- Autorizase a la Funcién Ejecutiva a transferir en caracter de donacién a favor del Obispado de La Rioja, el bien inmueble que a continuacién se detalla:
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Ley 06.613

ARTICULO 1°.- Apruébase el Convenio celebrado con fecha 18 de agosto de 1998, entre el Gobierno de la Provincia de La Rioja, representado por el senor Gobernador Dr. Angel Eduardo Maza, la Subsecretaria de Mineria de la Nacién, representada por el senor Subsecretario de Mineria Lic. Daniel Meilan, el Ministerio de Educacién y Cultura de la Provincia de La Rioja, representado por la senora Ministro...
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Ley 06.611

ARTICULO 1°.- Conddénanse las deudas que por todo concepto mantengan con la Administraci6n Provincial de Vivienda y Urbanismo, los adjudicatarios del "Plan 35 Unidades de Emergencias por Sismo" de la localidad de Sanagasta, departamento Sanagasta.-
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Ley 06.609

ARTICULO 1°.- Autorizase a la Funcién Ejecutiva para que a través de la Administracién Provincial de Vialidad y Obras Publicas y/o Administracién Provincial del Agua, se inviertan los recursos necesarios para la construccién de defensas, movimiento de roca y material no clasificado sobre el Rio Angulo, del departamento Sanagasta.-
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Ley 06.607

ARTICULO 1°.- Declarase de Interés Provincial el “PRIMER FESTIVAL DE LA TRADICION”’, que se realizara el dia 14 de noviembre del corriente aho, organizado por la Agrupacién Gaucha Santa Rosa, de la localidad de Patquia, departamento Independencia.-
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Ley 06.605

ARTICULO 1°.- Declarase de Interés Provincial las Ill Jornadas sobre Violencia Intrafamiliar, a realizarse en la ciudad de La Rioja, los dias 26, 27 y 28 de noviembre de 1998.-
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Ley 06.603

ARTICULO 1°- Autorizase a la Funcién Ejecutiva a transferir en caracter de venta un
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