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Ley 06.770
ARTICULO 1°.- Apruébase el Convenio celebrado entre el Poder Ejecutivo Nacional
representado por los señores Ministros del Interior, Dr. Carlos Vladimiro Corach, y de
Economía y Obras y Servicios Públicos, Dr. Roque Benjamín Fernández, y la Provincia
de La Rioja, representada por el señor Gobernador Dr. Angel Eduardo Maza; y
refrendado por el señor Presidente de la Nación Dr. Carlos Saúl Menem, de fecha once
de diciembre de 1996, el que como Anexo | forma parte de la presente Ley.-

Ley 06.765
ARTICULO 1°.- Apruébase el Convenio de Cooperación suscripto entre el Gobierno de
la Provincia de La Rioja y la Secretaría de Comunicaciones de la Nación, firmado en la
ciudad de La Rioja el 13 de agosto del corriente año; mediante el cual las partes
establecen un amplio marco de cooperación y asistencia técnica profesional para poner
en marcha de acuerdo a las necesidades de la Provincia los distintos emprendimientos
que conforman el Programa argentinO'internet.todos.—

Ley 06.763
ARTICULO 1°.- CREACION. Créase la Empresa “AGUAS DE LA RIOJA S.A.”. La misma
se constituirá en S.A. a través de las disposiciones de la Ley N* 19.550.-
ARTICULO 2°.- CAPITAL SOCIAL. El Capital Social será UN MILLON DE PESOS
($1.000.000) el cual deberá integrarse únicamente en efectivo, del siguiente modo: el
VEINTICINCO POR CIENTO (25%) capital suscrito, al momento de ordenarse la
inscripción, otro VEINTICINCO POR CIENTO (25%) como mínimo deberá integrarse
durante el primer año contado desde la constitución y el resto hasta alcanzar el CIEN
POR CIENTO (100%) durante el segundo año.-

Ley 06.760
ARTICULO 1°.- Apruébase el Convenio Marco de Cooperación para la Promoción de
la Educación y la Capacitación de los Agentes Públicos del Gobierno de la Provincia
de La Rioja firmado en esta Ciudad el día 10 de agosto del corriente año entre la
Unión del Personal Civil de la Nación, representada por su Secretario General Lic.
Andrés Rodríguez y la Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador,
Dr. Angel E. Maza; por el cual el Gobierno de la Provincia de La Rioja, acuerda con la
Unión del Personal Civil de la Nación la realización de actividades conjuntas de
formación educativa y capacitación de los agentes públicos del Estado Provincial.-
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