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Ley 06.784

ARTICULO 1°.- Declárase de Interés Provincial la realización del Concurso “Mi Arbol”, organizado por la Asociación Interdisciplinaria “Simiente”, la Dirección de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y la Sociedad Alemana de Cooperación Técnica (G.T.Z.), a desarrollarse en la ciudad de La Rioja, a partir del 30 de setiembre del corriente año.-
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Ley 06.782

ARTICULO 1°.- Impónese el nombre de “Presidente CARLOS SAUL MENENV”, al dique ubicado en el Paraje La Agúadita, departamento Chamical.- ARTICULO 2°.- Por Secretaría Legislativa cúrsese la correspondiente comunicación al Señor Presidente de la Nación Dr. Carlos Saúl Menem..-
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Ley 06.780

ARTICULO 1”.- Sustitúyese el nombre de la Escuela N* 18 “Jorge Oscar Grassi” de la ciudad de Villa Unión, por el de “Alicia Candelaria Carrizo Páez De Rodríguez Diez”, dejando sin efecto cualquier norma legal o acto administrativo respectivo anterior.-
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Ley 06.778

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a invertir los fondos necesarios a fin que proceda a través de la Administración Provincial de Vialidad y Obras Públicas a la señalización tanto vertical como horizontal en las Rutas Provinciales N* 27, 28 y 29 en el tramo que une la localidad de Patquía hasta Chepes.-
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Ley 06.776

ARTICULO 1°- Apruébase el Convenio Marco de Cooperación, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de La Rioja, representado por el Señor Gobernador, Dr. Angel Eduardo Maza, y el Gobierno de la Provincia de Córdoba, representado por el Señor Gobernador Dr. José Manuel de La Sota.-
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Ley 06.774

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva para que a través de la Administración Provincial de Vialidad y Obras Públicas se inviertan los fondos necesarios para la obra asfaltado del camino a Trampa del Tigre, Dpto. Capital.-
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Ley 06.783

ARTICULO 1°.- Créase el Instituto Superior de Formación Técnica de la Ciudad de La Rioja, en el ámbito del Ministerio de Educación y Cultura de la Provincia, sobre la base de la fusión de las Instituciones Educativas: Centro Educativo de Nivel Terciario N*39, Centro Educativo de Nivel Terciario N*46, Centro Educativo de Nivel Terciario N*47 y Escuelas de Capacitación Archivística.-
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Ley 06.781

ARTICULO 1°- Modifícase el Artículo 3° de la Ley N* 6.745, el que quedará redactado de las siguiente forma: “ARTICULO 3*.- El Hogar de Ancianos a que se refiere el Artículo 1?, dependerá del Consejo Provincial de la Tercera Edao”.-
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Ley 06.779

ARTICULO 1°.- Fíjase el perímetro de la Parcela “F” de la Merced de Tama como Ejido Urbano de la localidad de Villa del Rosario de Tama, departamento Angel Vicente Peñaloza, conforme a las especificaciones técnicas del plano aprobado por la Dirección Provincial de Catastro mediante Disposición N* 5.628 de fecha 19 de noviembre de 1981.-
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Ley 06.777

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a invertir las sumas necesarias para realizar el estudio de factibilidad técnica y ejecución de la obra “Captación y Conducción de agua para consumo humano”, desde el Faldeo del Velasco hasta la Estación Carrizal, departamento Capital.-
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Ley 06.775

ARTICULO 1°.- Apruébase el Convenio de Adhesión firmado el día 25 de agosto del corriente año entre el Directorio del Sistema Unico de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, representado por su Presidente, Sr. Mariano Alejandro PAZ, y la Provincia de La Rioja, representada por el Señor Gobernador, Dr. Angel Eduardo MAZA por el cual la Provincia opta por su incorporación gradual al Sistema Unico y adhiere al “Programa Marco para la implementación, en colaboración con las jurisdicciones provinciales y la ciudad Autónoma de Buenos Aires, del Sistema Unico de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad”.-
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Ley 06.773

ARTICULO 1*.- Declárase de Interés Provincial el Primer Congreso Provincial de Empleo y Formación Profesional, a realizarse el próximo 13 de octubre de 1999, en la ciudad de La Rioja, organizado por la Función Ejecutiva Provincial, a través de la Dirección General de Empleo, dependiente del Ministerio Coordinador de Gobierno..-
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