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Ley 06.944
ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a disponer de los Bonos de
Cancelación de Deudas Tipo “B” que se encuentran en custodia en el Nuevo Banco de
La Rioja S.A., por un monto total de PESOS NOVECIENTOS OCHO MIL ($ 908.000), a
los fines de proceder a atender obligaciones contraídas por el Estado Provincial.-

Ley 06.942
ARTICULO 1°.- Declárase de Interés Provincial el “Primer Seminario de Actualización
Codex Alimentarius y la normativa alimentaria en el marco de la Globalización del
Comercio de Alimentos”, a realizarse el día 15 de agosto del corriente año en el
Auditorio de la Universidad Nacional de La Rioja.-

Ley 06.940
ARTICULO 1°.- Créase el Registro Unico de Beneficiarios de Operatorias de la
Administración Provincial de Vivienda y Urbanismo, que funcionará bajo su órbita.-
ARTICULO 2*.- El Registro deberá contar como mínimo con el tipo de beneficio
otorgado, los datos del titular y de cada uno de los miembros del núcleo familiar a
cargo, con sus respectivos Número y Tipo de Documento de Identidad. Cada uno de
ellos deberá ser cargado en campos separados que permitan la búsqueda y
cruzamiento de los datos en forma separada.-

Ley 06.943
ARTICULO 1°.- La Policía de la Provincia de La Rioja es la Institución que tiene a su
cargo el mantenimiento del orden público. Ejerce por sí las funciones que las Leyes,
Decretos y Reglamentos establecen, con el objetivo de resguardar la vida, los bienes y
otros derechos de la población. Desempeña sus funciones en todo el territorio de la
Provincia, respetando a ultranza los derechos constitucionales de las personas..-

Ley 06.941
ARTICULO 1°.- Declárase de “Interés Provincial” y de urgente ejecución la
“Remediación Ambiental de las Lagunas Azul y Verde” Ciudad de La Rioja.-
ARTICULO ?2*.- Dispónese que a la fecha de sanción de la presente Ley las empresas
que se encuentren emitiendo efluentes sin el adecuado tratamiento conforme a
derecho, sea cual fuere la colectora o cuerpo receptor de los mismos, quedan
emplazadas a ejecutar en el término de dieciocho (18) meses a partir de la
promulgación de la presente Ley las obras civiles, hidráulicas e instalaciones
necesarias y suficientes para poner en funcionamiento sus respectivas plantas de
tratamiento de efluentes industriales, con los correspondientes dispositivos de control
que establezca la Administración Provincial del Agua (A.P.A.) debiéndose cumplir en
todos los casos con los parámetros de descarga de líquidos industriales fijados por las
normas vigentes en la provincia de La Rioja.-

Ley 06.939
ARTICULO 1°.- Declárase de Interés Provincial la implementación de un Servicio de
Informática de última generación en los Hospitales Zonales que corresponden a las seis
(6) Zonas Sanitarias del Ministerio de Salud Pública.-
ARTICULO 22.- Autorízase a la Función Ejecutiva a gestionar los fondos que
corresponden para la concreción de este Proyecto.-

Ley 06.937
ARTICULO 1”.- Apruébase el Convenio entre la Secretaría de Recursos Naturales y
Medio Ambiente Humano de la Nación y el Gobierno de la Provincia de la Rioja
tendiente a la implementación del Plan Nacional de Manejo del Fuego, firmado en la
ciudad de La Rioja a los catorce días del mes de noviembre de 1996, que se adjunta a
la presente Ley como Anexo l.-

Ley 06.933
ARTICULO 1*.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2000, la autorización conferida
a la Función Ejecutiva para contratar directamente el Gerenciamiento de Aguas de La
Rioja S. A., oportunamente formalizada con Urbatec S.A., de conformidad a la cláusula
transitoria contenida en el Estatuto Social de la mencionada Sociedad, aprobado por
Ley N* 6.763.-
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