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Ley 07.173

ARTICULO 1°.- Modifícase el Inc. f) del Artículo 26* de la Ley N* 6.281, el que quedará redactado de la siguiente manera: "f) Dispónese la reducción del caudal en caso de falta de pago, según lo dispuesto en el Título IV, Capítulo ll de esta Ley, y solamente proceder a corte, cuando se comprobaren expresamente deficiencias en las instalaciones conectadas a las redes del servicio, que perturbaren la normal prestación del servicio y ocasionen perjuicios a terceros, previa notificación".-
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Ley 07.171

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a transferir en carácter de venta los inmuebles de propiedad del Estado Provincial, ubicados en esta ciudad Capital y que responden a las siguientes características y destinatarios:
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Ley 07.169

ARTICULO 1".- Establécese el 10 de agosto de cada año como "Día del Himno de la Provincia de La Rioja".- ARTICULO 2”".- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese..- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 116* Período Legislativo, a seis días del mes de setiembre del año dos mil uno. Proyecto presentado por la FUNCION EJECUTIVA.-
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Ley 07.167

ARTICULO 1”.- Dónase a favor de la Unión Vecinal "El Mirador" la fracción de tierra del Estado Provincial, que responde a las siguientes características: PROPIETARIO: Estado Provincial.
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Ley 07.165

ARTICULO 1”.- Impleméntase en el ámbito provincial el Plan de Regularización Dominial por Mensuras Colectivas y Escrituración masiva para parcelas urbanas..- ARTICULO 2°.- Entiéndese por parcela urbana aquellas ubicadas en ciudades, pueblos, villas y cualquier otro centro poblado o fraccionamiento representado por manzanas, que pueden ser edificadas o baldías según contengan o no mejoras destinadas a viviendas o uso comercial.-
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Ley 07.163

ARTICULO 1°.- Transfiérese, sin cargo a la Municipalidad del Departamento Capital, una fracción de cincuenta y un (51) hectáreas de un inmueble de propiedad del Gobierno de la Provincia, ubicado en el ex-Campo de Maniobras del Regimiento 15 de Infantería, cuyos datos catastrales surgen del Plano aprobado por disposición N* 13.885, de fecha 08 de agosto de 2000.
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Ley 07.172

ARTICULO 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble ubicado en la localidad de Villa Castelli, Departamento General Lamadrid y que responde a las siguientes características:
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Ley 07.170

ARTICULO 1”.- Deróganse las Leyes N* 4.409 y 5.068.- ARTICULO 2*.- Transfiérase en carácter de donación con cargo, a favor de la "Unión Vecinal Gente Unida de la Frontera", Personería Jurídica N* 057, las fracciones de terreno pertenecientes al Estado Provincial localizadas en Villa San José de Vinchina, que responden a las siguientes características:
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Ley 07.168

ARTICULO 1”.- Declárase de Interés Provincial a las "2%* Jornadas Odontológicas Multidisciplinarias del Círculo Odontológico de La Rioja" a llevarse a cabo en esta ciudad Capital, los días 03, 04, y 05 de octubre del año dos mil uno..-
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Ley 07.166

ARTICULO 1”.- Declárase de Interés Provincial, de Utilidad Pública y sujeta a expropiación, una propiedad ubicada en la localidad de Chañarmuyo, Departamento Famatina y que responde a las siguientes características:
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Ley 07.164

ARTICULO 1”.- Autorízase a la Función Ejecutiva a efectuar la venta a la firma "FLAMINGO S.A.", de un inmueble de Propiedad Fiscal ubicado en la localidad de Malanzán - Departamento Juan Facundo Quiroga, denominado "Hostería El Solar del Caudillo" para ser destinado a la explotación hotelera y turística y que responde a los datos catastrales de la Escritura 145 del Protocolo A de Escribanía General de Gobierno.-
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Ley 07.162

ARTICULO 1".- Declárase de Interés Provincial, el Seminario de Salud Reproductiva, a realizarse en esta ciudad los días 23 y 24 de agosto del año en curso, en el marco del Plan Federal de la Mujer.-
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