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Ley 07.309

ARTICULO 1°- Créase un Destacamento Policial sobre Ruta Nacional N* 150, que comunica a las provincias de La Rioja y San Juan, en los límites de los Departamentos Independencia y Coronel Felipe Varela, a la altura del Km. 85 y empalme con Ruta N* 26 a la ciudad de Villa Unión.-
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Ley 07.306

ARTICULO 1°.- Establécese a partir de la sanción de la presente Ley un Régimen Regulatorio de la Acumulación de Cargos y/o Incompatibilidades para el Ejercicio de la Docencia en Establecimientos de Gestión Oficial y Privada, en todos los niveles y modalidades en el ámbito de la Secretaría de Educación..- ARTICULO 2”.- El personal docente que desempeña un cargo docente de Jornada
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Ley 07.304

ARTICULO 1°.- Incorpórase al Régimen Tarifario de la Concesión de Agua Potable y Saneamiento las siguientes tarifas: Tarifas para Usuarios Mixtos Residenciales/No Residenciales: Todos los inmuebles con un único usuario que combinen locales de uso comercial o artesanal de hasta 150 m?, con la vivienda del propietario de dicho fondo comercial, profesional o artesano, con conexión domiciliaria de agua potable de diámetro igual de 13 mm. y siempre que el consumo total sea inferior al CPM (consumo promedio mensual)
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Ley 07.302

RTICULO 1°.- Acéptase el Veto Parcial interpuesto por la Función Ejecutiva mediante Decreto N* 411 del 14 de mayo de 2002 al Artículo 6% de la Ley N* 7.269; en consecuencia modifícase el citado artículo, el que quedará redactado de la siguiente forma:
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Ley 07.300

ARTICULO 1”.- Derógase la Ley N* 6.906..- ARTICULO ?2*.- Modifícase el Artículo 15° de la Ley N* 6.105 el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTICULO 15".- Autorízase a EDELAR S.A. a facturar por concepto de mora en el pago de todo tipo de facturas definidas en el Artículo 9?, del Anexo 3, Régimen de Suministro de Energía Eléctrica del Contrato de Concesión, un importe que se calculará conforme a la siguiente fórmula:
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Ley 07.298

ARTICULO 1°.- Declárase de Interés Provincial el Primer Encuentro Provincial de Museos a realizarse en la ciudad de Todos los Santos de la Nueva Rioja los días 22 y 23 de agosto de 2002, organizado por la Asociación Amigos del Museo Folklórico.- ARTICULO 2”.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
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Ley 07.308

ARTICULO 1°.- Declárase de Interés Provincial el desarrollo de las "Jornadas Geológicas de La Rioja" a realizarse en la ciudad Capital el día 16 de agosto de 2002, organizadas por el Consejo Profesional de Ingeniería y Arquitectura de la Provincia.-
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Ley 07.305

ARTICULO 1°.- Apruébase el Convenio de Financiamiento suscripto entre el Estado Nacional, representado por los señores Ministro de Economía, Lic. Roberto Lavagna, y Ministro del Interior de la Nación, Dr. Jorge Matzkin, y la Provincia de La Rioja, representada por el Señor Gobernador, Dr. Angel Eduardo Maza, firmado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 14 de junio del corriente año,
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Ley 07.303

ARTICULO 1°.- Dispónese que la Secretaría de Producción y Turismo delegue su competencia, conjuntamente con los recursos financieros que provengan del Estado Nacional, a través del Convenio que se aprueba por Ley N* 6.937, sobre “Manejo del Fuego”, a la Dirección Provincial de Defensa Civil. -
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Ley 07.301

ARTICULO 1° Adhiérese la Provincia de La Rioja, a la Ley Nacional N* 25.422 de Recuperación de la Ganadería Ovina..- ARTICULO 2”.- Desígnase como organismo provincial encargado de la aplicación de la presente Ley, a la Dirección de Recursos Agropecuarios y Agroindustrias, que depende de la Secretaría de Producción y Turismo, la que deberá establecer el plazo del beneficio.-
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Ley 07.299

ARTICULO 1°.- Dispónese que la Función Ejecutiva, a través del Organismo que corresponda, gestione y ejecute la construcción de la obra tendido de red de energía eléctrica en el Barrio 10 de Junio de la ciudad de La Rioja, comprendida entre las Calles: Cabo Primero Rodríguez, al Oeste; Calle Santander, al Este; Calle Pamplona, al Sur y Avenida Ramírez de Velazco, al Norte.-
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Ley 07.297

ARTICULO 1°.- Declárase de Interés Provincial el desarrollo del Campeonato Argentino de Canaricultura de la Federación Ornitológica de Canaricultura del Interior (F.O.C.l.), a realizarse los días 4 al 9 de julio del corriente año en la ciudad de La Rioja, organizado por el Club de Canaricultores Unidos Riojanos.-
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