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Ley 10.342

ARTÍCULO 1”.- CREACIÓN. Créase el Registro de Información Industrial de la Provincia de La Rioja -en adelante RILR- que funcionará en el ámbito de la Secretaría de Industria, PyMES y Comercio del Ministerio de Trabajo, Empleo e Industria o el organismo que en el futuro la sustituya.-
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Ley 10.340

ARTÍCULO 1°.- OBJETIVO. Créase el Programa Provincial de Fomento de la Industria (PFI) con el propósito de propender al desarrollo y progreso armónico y equilibrado de la Provincia.-
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Ley 10.338

ARTÍCULO 1".- Incorpórase como Segundo Párrafo del Artículo 3? de la Ley N* 9.926, el que quedará redactado de la siguiente manera:
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Ley 10.336

ARTÍCULO 1°.- El Servicio Aeronáutico de la Provincia de La Rioja, será desempeñado por la Dirección General de Aeronáutica, cuyo Director General será designado por el Gobernador de la Provincia y tendrá dependencia directa, funcional y presupuestama de la Secretaria General de la Gobemación.-
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Ley 10.334

ARTÍCULO 1°.- Establécese la obligación de insertar, en las boletas o facturaciones que se emitan en soporte papel o digital, de servicios de suministro de energía eléctrica, gas, agua potable, Internet, televisión por cable, tasas, servicios e impuestos provinciales, gráficos y leyendas de carácter preventivo y educativo sobre acoso sexual, acoso laboral, maltrato y abuso sexual contra niños...
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Ley 10.332

ARTÍCULO 1*.- Declárese de utilidad pública y sujetos a expropiación de urgencia a los inmuebles o partes de ellos, ubicados en el sector Suroeste de la ciudad de Villa Unión, departamento Coronel Felipe Varela y que responden a las siguientes características:..
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Ley 10.341

ARTÍCULO 1”.- Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación de urgencia, los inmuebles ubicados en el Parque Industrial de esta ciudad Capital, que se detallan a continuación:
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Ley 10.339

ARTÍCULO 1*.- NATURALEZA JURÍDICA. FINALIDAD. SEDE. El Consejo Económico y Social (CEyS) receptado por la Constitución Provincial en el ámbito de la Función Ejecutiva, es un órgano de carácter consultivo y de cooperación ciudadana, con la finalidad de asegurar la participación de los sectores representativos de las actividades económicas y sociales de la comunidad en el orden provincial y regional.
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Ley 10.337

ARTÍCULO 1°.- Apruébese el Consenso Fiscal suscripto el 04 de Diciembre de 2020 por el Señor Gobernador de la Provincia, RICARDO CLEMENTE QUÍNTELA, el que como Anexo Único, forma parte integrante de la presente Ley.- :
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Ley 10.335

ARTÍCULO 1”.- Prorrógase en todos sus términos y por el plazo de seis (6) meses desde su vencimiento, la vigencia de la Ley N° 10.244, mediante la cual se declara en Estado de Emergencia, al servicio de Transporte Público de Pasajeros de la provincia de La Rioja en todas sus modalidades..-
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Ley 10.333

ARTÍCULO 1”.- OBJETO. El objeto de la presente Ley, es promover el acceso a la vivienda en la provincia de La Rioja a personas víctimas de violencia por razones de género.-
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Ley 10.331

ARTÍCULO 1*.- Modifíquese el Artículo 1? de la Ley N* 8.754, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1*.- La Función Ejecutiva de la provincia de La Rioja, garantizará la realización gratuita de cirugía oncoplástica posmastectomía o poscirugía conservadora por cáncer de mama, así como la provisión del implante mamario o sostén ortopédico con un cupo de Cinco (5) cirugías al año, a pacientes...
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