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Ley 07.643
ARTICULO 1”.- Impleméntase el "Programa de Difusión del Autor Riojano", mediante
el cual el Estado Provincial, a través del Ministerio de Educación, proveerá de libros de
autores riojanos a todos los establecimientos del Sistema Educativo de la Provincia,
(en todos los niveles, EGB 1; 2 y 3, Polimodal y Profesorados de Nivel Terciario), tanto
públicos como privados incorporados a la enseñanza oficial.-

Ley 07.641
ARTICULO 1°.- NATURALEZA JURIDICA. La Administración Provincial del Agua es
un Organismo Descentralizado con el carácter de persona jurídica autárquica e
institucional de derecho público, dotado de autonomía funcional, económica y
financiera, aptitud legal para administrarse a sí misma; personalidad para adquirir
derechos y obligaciones, capacidad para actuar privada y públicamente de
conformidad con la presente Ley, otras normas vigentes en materia de su competencia
y normativas especiales que regulen su funcionamiento.-

Ley 07.640
ARTICULO 1”.- Apruébase el Acta Acuerdo celebrada entre la Secretaría de Obras
Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la
Nación y la Provincia de La Rioja, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; referida a
la asistencia técnica - financiera para la entrega de edificios escolares en el "Programa
Marco 700 Escuelas".-
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