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Ley 07.759

ARTICULO 1°- Incorpórase al Plan de Trabajos Públicos de la Administración Provincial de Obras Públicas, la obra “Construcción Nuevo Edificio de la Escuela Provincial N* 260, Juan Ramírez de Velasco”, de Chilecito, Departamento Chilecito.-
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Ley 07.757

ARTICULO 1°.- Incorpórase al Plan de Trabajos Públicos de la Administración Provincial de Obras Públicas la obra “Ampliación edificio de la Escuela Provincial de Educación Técnica N* 1 de Chilecito”, Departamento Chilecito.-
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Ley 07.755

ARTICULO 1”.- Derógase la Ley N* 7.699.- ARTICULO 2".- Autorízase a la Función Ejecutiva a adquirir hasta 8 (ocho) hectáreas en el Departamento Chilecito parte de un inmueble de mayor extensión que a continuación se identifica:
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Ley 07.753

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a transferir en carácter de donación, a favor del Sr. Nicolás Martín CALIVA, D.N.I. N* 8.014.890, el dominio de un inmueble de propiedad del Estado Provincial, ubicado en la Capital de La Rioja, cuyas características son las que a continuación se determinan:
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Ley 07.751

ARTICULO 1”.- Créase el Seguro de Sepelio Sustituto, para todos los beneficiarios de las Pensiones Graciables y/o artesanos subsidiados mediante Ley N* 7.209 de la Provincia que no cuenten con otro beneficio previsional y/o empleo o asistencia social alguna.-
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Ley 07.749

ARTICULO 1*.- Autorízase a la Función Ejecutiva para que, a través de la Administración Provincial del Agua (APA), realice el estudio, proyecto y ejecución de un nuevo pasante de agua de riego, en el lugar denominado "El Túnel", en el Departamento Vinchina..-
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Ley 07.758

ARTICULO 1°.- Impónese el nombre de GUSTAVO MOLINA, al Centro Provincial de Educación Física N* 7 de Guandacol, Departamento Felipe Varela, dependiente del Ministerio de Educación..-
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Ley 07.756

ARTICULO 1°.- Créase en el ámbito de la Función Ejecutiva el CONSEJO PROVINCIAL DE PROTECCION INTEGRAL DEL NIÑO Y LA FAMILIA, el que tendrá rango de Subsecretaría y dependerá de la Secretaría de Desarrollo Social y Asuntos Municipales. El Decreto Reglamentario establecerá las competencias, acciones, estructura y modo de funcionamiento del Consejo creado..-
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Ley 07.754

ARTICULO 1*.- Transfiérese el dominio de un inmueble de propiedad del Estado Provincial, en carácter de donación ubicado en la localidad de Pinchas, Departamento, Castro Barros, a favor de la Sociedad Rural del mencionado lugar, que responde a las siguientes características:
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Ley 07.752

ARTICULO 1°.- Dispónese que el Ministerio de Educación implemente en todos los establecimientos de gestión pública del nivel donde se cursan estudios que exijan una elección vocacional (Polimodal, Bachillerato P/Adultos, Profesorados, Escuelas Técnicas, etc. ) un programa de Orientación Vocacional. Este Programa tendrá como objetivo básico facilitar una acertada elección de las carreras universitarias o terciarias conforme la vocación y capacidad personal; evitando deserciones y/o frustraciones en los alumnos y sus familias.-
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Ley 07.750

ARTICULO 1°.- Declárase Zona de Emergencia Agrícola a la localidad de Aicuña, Departamento Felipe Varela, por el término de un (1) año, a partir de la sanción de la presente Ley.-
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Ley 07.748

ARTICULO 1”.- Autorízase a la Función Ejecutiva a invertir las sumas necesarias para que a través de la Administración Provincial del Agua, se realice el estudio, proyecto y ejecución de la obra “Provisión de Agua a Potrero Grande”, Departamento Vinchina..-
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