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Ley 07.753
ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a transferir en carácter de donación,
a favor del Sr. Nicolás Martín CALIVA, D.N.I. N* 8.014.890, el dominio de un inmueble
de propiedad del Estado Provincial, ubicado en la Capital de La Rioja, cuyas
características son las que a continuación se determinan:

Ley 07.756
ARTICULO 1°.- Créase en el ámbito de la Función Ejecutiva el CONSEJO
PROVINCIAL DE PROTECCION INTEGRAL DEL NIÑO Y LA FAMILIA, el que tendrá
rango de Subsecretaría y dependerá de la Secretaría de Desarrollo Social y Asuntos
Municipales. El Decreto Reglamentario establecerá las competencias, acciones,
estructura y modo de funcionamiento del Consejo creado..-

Ley 07.752
ARTICULO 1°.- Dispónese que el Ministerio de Educación implemente en todos los
establecimientos de gestión pública del nivel donde se cursan estudios que exijan una
elección vocacional (Polimodal, Bachillerato P/Adultos, Profesorados, Escuelas
Técnicas, etc. ) un programa de Orientación Vocacional. Este Programa tendrá como
objetivo básico facilitar una acertada elección de las carreras universitarias o terciarias
conforme la vocación y capacidad personal; evitando deserciones y/o frustraciones en
los alumnos y sus familias.-
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