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Ley 07.816
ARTICULO 1°.- Apruébase el Convenio del Programa de Financiamiento Ordenado,
suscripto entre la Provincia de La Rioja, representada por el Señor Gobernador, Don
Angel Eduardo Maza y el Estado Nacional, representado por el Señor Ministro de
Economía de la Nación, Lic. Roberto Lavagna, el Señor Ministro del Interior de la
Nación, Sr. Aníbal Fernández, y el Señor Presidente del Fondo Fiduciario para el
Desarrollo Provincial, Lic. Carlos Fernández en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
con fecha 25 de noviembre de 2004.-

Ley 07.814
ARTICULO 1°.- Ratifícase el Decreto N* 149 de la Función Ejecutiva Provincial de
fecha 14 de enero de 2005 por el cual se ratifica el Convenio Marco celebrado entre la
Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y la Provincia de La Rioja, para la
ejecución de obras y adquisición de equipamiento para combatir la sequía.-

Ley 07.815
ARTICULO 1°- Apruébase el Convenio celebrado entre la Provincia de La Rioja y el
Estado Nacional-Decreto N* 2.737/02, suscripto por el Señor Ministro de Economía y
Producción de la Nación, Dr. Roberto Lavagna y el Gobernador de la Provincia de La
Rioja, Dr. Angel Eduardo Maza, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 09 de
septiembre de 2004; por el cual el Estado Nacional reconoce adeudar a la Provincia,
en concepto de impuestos nacionales que fueron recaudados en el período marzo-
diciembre de 2002, mediante la aplicación de los títulos públicos citados en los
Decretos N* 424/01, 1.005/01 y 1.226/01.-
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