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Ley 07.869

ARTICULO 1".- Dispónese elevar al rango de Subcomisaría al Puesto Policial, ubicado en la localidad de San Ramón, Departamento Angel Vicente Peñaloza.-
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Ley 07.867

ARTICULO 1”*.- Autorízase a la Función Ejecutiva a invertir la suma de pesos necesaria para la elaboración del Proyecto, construcción y equipamiento de la obra nuevo edificio del Hospital "Eleazar Herrera Motta", de la Ciudad de Chilecito, departamento homónimo.-
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Ley 07.865

ARTICULO 1”.- Dispónese que la Función Ejecutiva, a través de la Administración Provincial del Agua, incorpore al Plan de Trabajos Públicos de la mencionada repartición, la construcción de una perforación en la “Estancia Nuevo Rosario”, ubicada en las proximidades de los Parajes "Pozo del Medio" y "El Fraile", en el Departamento General Ocampo..-
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Ley 07.863

ARTICULO 1".- Modifícase el Artículo 4* de la Ley N* 7.835, el que queda redactado de la siguiente forma: “ARTICULO 4".- Autorízase a la Función Ejecutiva, conforme al Reglamento de Préstamos del Programa PROMES, a contraer una deuda de hasta PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETENTA Y CUATRO ($ 6.331.074), otorgando garantía por el mismo monto con afectación de la Coparticipación Federal de Impuestos y con imputación al Ejercicio Presupuestario 2005, celebrando al efecto el Convenio de Addenda que corresponda para la ejecución de las obras Sistema Integrado de Agua Potable Ramal Norte PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTITRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA ($ 3.823.280) y Ramal Sur PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($ 2.507.794) ambos de la ciudad de La Rioja”.-
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Ley 07.861

ARTICULO 1°.- La Función Ejecutiva, deberá incluir como beneficiarios de Becas y/o pasantías, tal lo faculta el Artículo 123 Inc.7), de la Constitución Provincial, a residentes riojanos de todo el ámbito provincial que se encuentren cursando sus estudios en otras provincias.-
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Ley 07.859

ARTICULO 1*.- Autorízase a la Función Ejecutiva para que, por intermedio del Ente correspondiente, se realicen los estudios de factibilidad técnica y económica, los proyectos, puesta en funcionamiento del Sistema de Líneas Monofiliares con Retorno por Tierra, en el ámbito del territorio provincial, dando preferencia a zona urbana y rural del interior del mismo.-
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Ley 07.868

ARTICULO 1*.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia el inmueble que es parte de otro de mayor extensión, ubicado en la Ciudad de La Rioja, Departamento Capital, que responde a las siguientes características:
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Ley 07.866

ARTICULO 1”.- Establécese en todo el territorio de la Provincia de La Rioja, el uso de un documento destinado a la población que se denominará "Mi Libreta de Salud Infantil'; con el objeto de registrar desde el nacimiento, hasta el ingreso escolar, la historia de salud de cada niño, comprendiendo controles médicos, odontológicos oftalmológicos, inmunizaciones, enfermedades padecidas, consejos sanitarios y demás registros que se determinen por vía reglamentaria.-
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Ley 07.864

ARTICULO 1".- Modifícase el Artículo 4* de la Ley N* 7.835, el que queda redactado de la siguiente forma: “ARTICULO 4".- Autorízase a la Función Ejecutiva, conforme al Reglamento de Préstamos del Programa PROMES, a contraer una deuda de hasta PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETENTA Y CUATRO ($ 6.331.074), otorgando garantía por el mismo monto con afectación de la Coparticipación Federal de Impuestos y con imputación al Ejercicio Presupuestario 2005, celebrando al efecto el Convenio de Addenda que corresponda para la ejecución de las obras Sistema Integrado de Agua Potable Ramal Norte PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTITRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA ($ 3.823.280) y Ramal Sur PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($ 2.507.794) ambos de la ciudad de La Rioja”.-
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Ley 07.862

ARTICULO 1”.- Créase en la Región Sanitaria lll el Servicio de Salud Mental, que funcionará en el Hospital “Eleazar Herrera Motta” de Chilecito, Departamento Chilecito.-
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Ley 07.860

ARTICULO 1*.- La Función Ejecutiva, deberá incluir como beneficiarios de Becas y/o pasantías, tal lo faculta el Artículo 123 Inc.7), de la Constitución Provincial, a residentes riojanos de todo el ámbito provincial que se encuentren cursando sus estudios en otras provincias.-
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Ley 07.858

ARTICULO 1”.- Dispónese que la Función Ejecutiva, a través de la Administración Provincial del Agua, incorpore al Plan de Trabajos Públicos de la mencionada repartición, la realización del estudio técnico de factibilidad, presupuesto y ejecución de la obra, "Prolongación Canal Punta del Agua en La Cuadra", ubicada en el Departamento Famatina.-
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