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Ley 07.881
ARTICULO 1”.- Apruébase el Acta Acuerdo celebrada entre la Secretaría de Obras
Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios de la
Nación y la Provincia de La Rioja, referida a la financiación de la ejecución de distintos
edificios escolares señalados en el mismo en el marco "Programa Nacional 700
Escuelas".-

Ley 07.879
ARTICULO 1”.- Apruébase el Convenio Marco del desarrollo de la obra denominada
Refacción de Edificios dependientes del Obispado de La Rioja, firmado entre la
Secretaría de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Planificación Federal
Inversión Pública y Servicios de la Nación, el Gobierno de la Provincia de La Rioja y el
Obispado de La Rioja, en la Ciudad de Chamical a cuatro días del mes de agosto del
año en curso.-

Ley 07.877
ARTICULO 1*.- Prorrógase la vigencia de la Ley N* 7.557, y su modificatoria Ley N*
7.717, que declara Zona de Desastre Agropecuario para la actividad Ganadera Bovina
y Caprina a los Departamentos que se mencionan en el Articulo 1? del citado cuerpo
legal, hasta el 1? de septiembre de 2006.-

Ley 07.875
ARTICULO 1”.- Dispónese que la Función Ejecutiva adjudique en Comodato por el
término de dos (2) años a las personas que se detallan en el ANEXO | de la presente
Ley, los lotes de una fracción de terreno que forma parte de otra de mayor extensión
perteneciente al Estado Provincial en Chañarmuyo Departamento Famatina, que
responde a las siguientes características:

Ley 07.873
ARTICULO 1”.- Dispónese que la Función Ejecutiva, incorpore al Plan de Inversiones
Públicas de EDELAR S.A. a través del E.U.CO.P., la realización de la obra:
Ampliación del Tendido de Red Eléctrica, desde Santa Florentina hasta el Puesto “La
Ensenada”, ambas localidades del Departamento Chilecito.-

Ley 07.871
ARTICULO 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia un
inmueble, parte de otro de mayor extensión, ubicado en la ciudad de Chamical,
Departamento Chamical, conocido como Paraje “Villa Carmela”, ubicado sobre la Ruta
Provincial N* 25, cuyas características son las que a continuación se describen:

Ley 07.880
ARTICULO 1”.- Apruébase el Convenio Marco del desarrollo de la obra denominada
"Restauración de Monumentos Históricos de la Provincia de la Rioja", firmado entre la
Secretaría de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Planificación Federal
Inversión Pública y Servicios de la Nación y el Gobierno de la Provincia de La Rioja, en
la Ciudad de Chamical a cuatro días del mes de agosto del año en curso..-

Ley 07.878
ARTICULO 1”.- Apruébase el Convenio Marco del desarrollo de la obra denominada
"Pavimentación Urbana en distintas localidades de la Provincia", firmado entre la
Secretaría de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Planificación Federal
Inversión Pública y Servicios de la Nación y el Gobierno de la Provincia de La Rioja, en
la Ciudad de Chamical a cuatro días del mes de agosto del año en curso..-

Ley 07.876
ARTICULO 1”.- Apruébase el Convenio entre el Estado Nacional y la Provincia de La
Rioja, por el cual el Estado Nacional se compromete a otorgar en calidad de Aporte No
Reintegrable, la suma de Pesos Cincuenta Millones ($ 50.000.000), para ser destinado
a fortalecer la infraestructura básica social y productiva de la Provincia y,
complementariamente solventar gastos de funcionamiento, firmado en la Ciudad de
Buenos Aires el día 24 de agosto del corriente año..-

Ley 07.872
ARTICULO 1”.- Dispónese que la Función Ejecutiva incorpore al Plan de Trabajos
Públicos de la Administración Provincial del Agua, la realización del estudio y
ejecución de la perforación para extracción de agua en el lote 1, fracción 3 en la
Colonia de Malligasta, Departamento Chilecito. Predio destinado a la Universidad
Nacional de Chilecito por la Ley N* 7.775.-
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