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Ley 10.246

ARTÍCULO 11°.- Modifícanse los Artículos 1° y 7° de la Ley N° 10.118, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a contraer deuda hasta la Suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES: DE DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 150.000.000,00) 0 su equivalente en otras monedas, con más sus intereses, gastos y accesorios.
Ley 10.244

ARTÍCULO 1°.- Declárese en Estado de Emergencia al Servicio de Transporte Público de Pasajeros en todas sus modalidades, en la provincia de La Rioja, por el término.de un (1) año, prorrogable por seis (6) meses, en caso de que las circunstancias así jo ameriten, incluyendo lo establecido en la Ley N° 10.214, con excepción de aquellos servicios públicos que estén bajo la órbita de las jurisdicciones municipales.-
Ley 10.240

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva y por su intermedio al Instituto Provincial del Agua La Rioja -IPALaR-, conjuntamente con los organismos que correspondan, a efectuar la compra de una máquina de perforación para 350 metros de profundidad y demás características detalladas en el Anexo adjunto a la presente Ley, la que será destinada a la ...
Ley 10.243

ARTÍCULO 1°.- Declárase la Emergencia Social, Alimentaría, Sanitaria, EconómicoFinanciera, Laboral, Productiva, Hídrica, Administrativa, Seguridad y de Servicios
Públicos en el ámbito de la Provincia de La Rioja desde la entrada en vigencia de la
presente Ley y hasta el día 31 de diciembre del año 2.020.-
Ley 10.239

ARTÍCULO 1°.- Declárase la Emergencia Hídrica en todo el territorio de la provincia de La
Rioja, por el término de un (1) año, a partir de la fecha de sanción de la presente Ley.-
ARTÍCULO 2°.- El Instituto Provincial del Agua La Rioja -IPALaR- será la Autoridad de
Aplicación de la presente Ley.-
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