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Ley 07.997
ARTICULO 1”.- Dispónese que la Función Ejecutiva, arbitre los medios necesarios
para ejecutar la construcción de la obra “Nuevo Edificio Escolar para EGB 3 y
Polimodal”, en la localidad de Pagancillo, Departamento Felipe Varela.-
ARTICULO 2*.- Los gastos que demande dicha obra, serán incorporados en el
Presupuesto Año 2006, Plan de Trabajos Públicos de la Administración Provincial de
Obras Públicas.-}

Ley 07.995
ARTICULO 1".- Modifícase el Artículo 1? de la Ley N* 7.729, el que quedará redactado
de la siguiente forma:
“ARTICULO 1”.- Adhiérese la Provincia de La Rioja, a los términos de la Ley
Nacional N° 23.358 y su modificatoria Ley N* 25.895”.-
ARTICULO 2*.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y
archívese.-

Ley 07.993
ARTICULO 1".- Modifícase el Artículo 1? de la Ley N* 7.919, el que quedará redactado
de la siguiente manera:
“ARTICULO 12.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el
inmueble ubicado en el Paraje “Trampa del Tigre”, Departamento Capital, de esta
ciudad de La Rioja, el que responde a las siguientes características:

Ley 08.000
ARTICULO 1”.- Autorízase a la Función Ejecutiva para que, por intermedio de la
Administración Provincial de Vialidad y tratándose de la unión de dos (2) rutas
nacionales (141 y 79) interesar o convenir con Vialidad Nacional, para realizar los
estudios de prefactibilidad y factibilidad técnica y económica, para la concreción del
camino o ruta destinado a la actividad minera, que unirá la localidad El Abra, La
Callana y El Espinillo (Departamento Gral. San Martín), La dJarilla, Chepes
(Departamento Rosario Vera Peñaloza), pasando por distintos emprendimientos
mineros explotados y por explorar, de las Sierras de las Minas..-

Ley 07.998
ARTICULO 1”.- Dispónese que la Función Ejecutiva, arbitre los medios necesarios
para ejecutar la construcción de la obra “Nuevo edificio del Instituto José Manuel
Estrada”, en la localidad de Los Robles, Departamento San Blas de Los Sauces.-
ARTICULO 2*.- Los gastos que demande dicha obra, serán incorporados en el
Presupuesto Año 2006, Plan de Trabajos Públicos de la Administración Provincial de
Obras Públicas.-

Ley 07.996
ARTICULO 1”.- Modifícase el segundo párrafo del Artículo 1? de la Ley N* 7.967, el
que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1”.- Establécese con carácter general un Régimen Especial de
pago para todos los impuestos a cargo de la Dirección General de Ingresos
Provinciales que comprenderá aquellas obligaciones devengadas hasta el 31 de
diciembre de 2005.
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