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Ley 08.014
ARTICULO 1”.- Derógase la Ley N* 4.335.-
ARTICULO 2".- Autorízase a la Función Ejecutiva a invertir las sumas necesarias para
los estudios, planificación y ejecución de obras, en las vertientes del Famatina que
fluyen en su costa occidental, especialmente la denominada “Agua de Segobia” en el
Departamento Vinchina, afectando a esos fines los medios y personal técnico de
A.P.A. de la Provincia.-

Ley 08.011
ARTICULO 1*.- Dispónese la prórroga del cargo, por un plazo de treinta y seis (36)
meses, a partir de la promulgación de la presente Ley, para setenta y siete (77) lotes
los que son parte de un inmueble de mayor extensión, que fuera donado por Ley N°
7.206, a la Asociación Mutual Círculo Policial La Rioja, identificados como:

Ley 08.008
ARTICULO 1”.- Autorízase a la Función Ejecutiva a invertir los fondos necesarios para
la planificación, construcción y puesta en funcionamiento de la red de cloacas,
incluyendo la construcción de la planta depuradora de residuos cloacales en la
Cabecera Departamental (Ulapes) del Departamento General San Martín.-}
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