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Ley 10.393
ARTÍCULO 1°.- OBJETO. La presente Ley tiene por objeto establecer los lineamientos
para el Desarrollo Territorial y un Hábitat adecuado, afirmando el Ordenamiento Territorial
como política pública que debe orientar la gestión del Gobierno Provincial y de los
Gobiernos Municipales, de forma transversal a las políticas públicas sectoriales.

Ley 10.391
ARTÍCULO 1”.- Ratifícase el Convenio de Ejecución y Préstamo subsidiario, Proyecto De
Inclusión Socio-Económica en Áreas Rurales (PISEAR), de fecha 19 de enero de 2021
suscripto por el señor Gobemador de la Provincia de La Rioja, Dn. Ricardo Clemente
QUINTELA con el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, representado en este
Acto por el Ing. Agrónomo Luis Eugenio BASTERRA.-

Ley 10.398
ARTÍCULO 1°.- Incorpórase a la Ley N° 9.941 el Artículo 69° Bis que establecerá:
“ARTÍCULO 69° Bis.- ADELANTAMIENTO A BICICLETAS. El adelantamiento
por parte de un conductor a bordo de un vehículo motorizado a un conductor de bicicleta
o grupo de ellos y sin perjuicio de lo dispuesto en esta sección de la presente, deberá
respetar las siguientes reglas:

Ley 10.396
ARTÍCULO 1”.- La presente tiene por objeto suprimir todas las barreras físicas en el
ámbito público del transporte urbano provincial, estableciendo un mínimo obligatorio de
un CUARENTA POR CIENTO (40%) de unidades adaptadas para el transporte. de
personas con discapacidad motriz, auditiva y visual sobre el total de la flota de la
empresa Rioja Bus S.A.U.-

Ley 10.394
ARTÍCULO 1°.- Transfiérase al Fondo Fiduciario Público denominado “PROGRAMA
CRÉDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA ÚNICA FAMILIAR
(PRO.CRE.AR?, el. dominio fiduciario de los inmuebles pertenecientes al Estado Provincial,
situados en el Sector Suroeste de la Ciudad de La Rioja, Departamento Capital, los que
responden a las siguientes características:

Ley 10.392
ARTÍCULO 1*.- Ratifícase la Nueva Addenda al Convenio Específico para el Desarrollo
del Gasoducto Productivo de la Provincia de La Rioja, Etapa 1: Casa de Piedra-Patquía;
entre el Gobierno de la Provincia de La Rioja, representada en este Acto por el señor
Gobernador Dn. Ricardo Clemente QUINTELA y la Secretaría de Energía dependiente
del Ministerio de Economía de la Nación representado en este Acto por el señor
Secretario Dn. Norman Darío MARTÍNEZ.-

Ley 10.390
ARTÍCULO 1°.- Ratificase el Acta de Adhesión al Programa de Casa Común y de
Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos préstamo BID 3249/0C-AR de fecha 16 de
Noviembre de 2020 suscripta entre el Gobierno de la provincia de La Rioja, representada
en este Acto por el señor Gobernador Dr. Ricardo Clemente QUINTELA y el Ministerio
de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación representado en este Acto por el
Ministro Sr. Juan CABANDÍÉ.-
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