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Ley 08.209

ARTICULO 1*.- Autorízase a la Función Ejecutiva a invertir la suma necesaria para contratar la realización del Plan Director de Desarrollo Sustentable del Departamento Chilecito.-
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Ley 08.207

ARTICULO 1*.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, un inmueble ubicado en la localidad de Chepes, Departamento Rosario Vera Peñaloza, cuyas medidas y linderos se individualizan a continuación:
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Ley 08.205

ARTICULO 1”.- Créanse los Institutos de Formación Docente Continua en Educación Artística en la ciudad de Chilecito, Departamento del mismo nombre y en la ciudad de Chepes, Departamento Rosario Vera Peñaloza.-
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Ley 08.203

ARTICULO 1”.- Apruébase el Convenio entre el Estado Nacional, representado por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros Dr. Alberto Angel FERNANDEZ y la Provincia de La Rioja, representada por el Señor Gobernador de la Provincia Dr. Luis Beder HERRERA) celebrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a tres días del mes de octubre de 2007.-
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Ley 08.201

ARTICULO 1.- Ratifícase en todos sus términos la Resolución N* 0674 de fecha 13 de marzo de 2007, emanada de la Administración Provincial de Vivienda y Urbanismo, mediante la cual se dona a favor del Obispado de La Rioja, un terreno identificado como: Manzana 244, Lote "Il" (ele), perteneciente al Programa "50 Viviendas e Infraestructura B” María Augusta (Al)-Demanda Libre-Lic. N* 2/97 Modalidad lIl-Ciudad Capital", con cargo para el donatario de construcción de una capilla. -
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Ley 08.199

ARTICULO 1°.- Ratifícase el Decreto F.E.P. N* 2.269 de fecha 11 de septiembre de 2007, que modifica el Decreto F.E.P. N* 1.818, modificatorio a su vez del Artículo 1* de la Ley N° 8.153.
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Ley 08.208

ARTICULO 1”.- Derógase en todos sus términos la Ley N* 8.185.- ARTICULO 2”.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, tres (3) inmuebles ubicados en la localidad de Chepes, Departamento Rosario Vera Peñaloza, los que responden a las siguientes características:
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Ley 08.206

ARTICULO 1”.- Declárase de Interés Provincial el “Censo Social Municipal” a realizarse en el Departamento Arauco en el mes de febrero de 2008..-
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Ley 08.204

ARTICULO 1”.- Apruébase el Convenio Marco del desarrollo de la Obra denominada "Construcción de Albergues Estudiantiles en diferentes Localidades de La Provincia de La Rioja - Primera Etapa”, firmado entre la Secretaría de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación; la Subsecretaría de Obras Públicas de la Nación y el Gobierno de la Provincia de La Rioja, en Buenos Aires a los 24 días del mes de octubre de 2007.-
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Ley 08.202

ARTICULO 1”.- Ratifícase en todos sus términos la Resolución N* 1.098, de fecha 25 de abril de 2007, emanada de la Administración Provincial de Vivienda y Urbanismo, por la que se efectúa la donación a favor del “Centro de Jubilados y Pensionados San Pantaleón”, del Barrio Las Agaves, ciudad Capital, del terreno de propiedad de la Administración Provincial de Vivienda y Urbanismo, remanente del plan original de 487 viviendas, con cargo para el donatario de construir un salón de uso múltiples, en un plazo de cinco (5) años..-
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Ley 08.200

ARTICULO 1°.- Ratifiícase el Decreto N* 1.774 de fecha 11 de julio de 2007, de la Función Ejecutiva Provincial, que dispone un incremento de CIEN PESOS ($100) en la asignación básica de la categoría de los Agentes de la Administración Pública Provincial.-
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Ley 08.198

ARTICULO 1*.- Ratifícase el Decreto N* 1.808 del 16 de junio de 2007, emanado de la Función Ejecutiva, por el que se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2007, el plazo fijado por el último párrafo del Artículo 24* de la Ley Provincial N* 7.599, modificada por Ley N? 7.645, cuya prórroga dispusieran los Decretos de Necesidad y Urgencia N* 1.070/04, ratificado por Ley N* 7.724, y Decretos N* 268/05 y 739/05.-
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