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Ley 08.271
ARTÍCULO 1°.- Ratifícase en todos sus términos el Decreto N° 091 de fecha 20 de
diciembre de 2007 emanado de la Función Ejecutiva el que dispone:
- Suprimir el Instituto Provincial de Investigación y Evaluación del Sistema
Educativo Provincial (I.P.I.E.S.E.) y el Centro Regional Llanos Norte de
Chamical;

Ley 08.269
ARTÍCULO 1°.- Créanse dos (2) puestos policiales, uno en Pagancillo y otro en Los
Tambillos, ambas localidades del departamento Coronel Felipe Varela.-
ARTÍCULO 2*.- Encomiéndase al Ministerio de Infraestructura, la confección del
proyecto de obra y construcción de los puestos policiales creados por la presente Ley.-

Ley 08.262
ARTÍCULO 1°- Créase el Centro de Animación Socio-Cultural en el departamento
Independencia, el que dependerá del Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología.-
ARTÍCULO 2°.- Este Centro estará a cargo de personal especializado en el campo de
las artes plásticas, visuales, literarias, escénicas y musicales, así como en el de las
artesanías locales para la divulgación y desarrollo de las mismas y en la introducción de
otras manifestaciones como las aplicadas a los minerales y al cuero, la ebanistería, la
cestería, la hilandería, la tejeduría y la cerámica y en toda otra actividad afín a las
mencionadas..-

Ley 08.260
ARTÍCULO 1*.- Apruébase el Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de
La Rioja, representada por el Sr. Gobernador de la Provincia, Dr. Luis Beder Herrera y
el Consejo Federal de Inversiones (C.F.l.), representado por el Sr. Secretario General,
Ing. Juan José Ciácera, celebrado en la ciudad de La Rioja en el mes de diciembre de
2007, por el cual se conviene otorgar créditos a productores de pequeña escala que
desarrollen actividades productivas, favoreciendo la capacitación y asistencia técnica,
financiera y socio-organizativa de los mismos..-
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