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Ley 08.571
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Convenio Único de Colaboración y Transferencia para la
ejecución de la obra: Construcción Complejo Turístico "El Chiflón", Departamento
Independencia, refrendado entre el Señor Gobernador de La Rioja, Dr. Luis Beder
Herrera y el Subsecretario de Obras Públicas de la Nación, dependiente de la
Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios, Ing. Claudio Fatala, firmado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 3 de
Febrero de 2009.-
ARTÍCULO 2°.- El texto del Convenio forma parte de la presente Ley como Anexo.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-

Ley 08.569
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Convenio para la participación en el "IX Concurso
Internacional de Vinos y Bebidas Espirituosas VINANDINO 2009", suscripto entre el
Señor Gobernador de La Rioja, Dr. Luis Beder Herrera y por el Consejo Federal de
Inversiones, representado por el Ing. Juan José Ciácera, firmado en la ciudad de La
Rioja, el 17 de Abril de 2009.-

Ley 08.567
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Convenio de Pago entre el Gobierno de la Provincia de
La Rioja, representado por el Señor Gobernador de la Provincia Dr. Luís Beder Herrera
y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), representado por Director
Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) Lic. Amado
Boudou, en representación del Estado Nacional; celebrado en la Ciudad de La Rioja, a
los diecisiete días del mes de junio de 2009.-

Ley 08.565
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Convenio Marco para la ejecución del "Programa Federal
de Obras Viales Urbanas, Periurbanas, Caminos de la Producción, Accesos a pueblos y
Obras de Seguridad Vial", en la provincia de La Rioja entre el Ministro de Infraestructura
de la provincia de La Rioja, Ing. Javier Tineo, en representación del Gobierno y la
Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, representada por el Sr. Arq. Luís
Alberto Bontempo, firmado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 27 de marzo de
2009.-

Ley 08.563
ARTÍCULO 1°.- Apruébase, el Acuerdo Marco para la ejecución de la "Ampliación Red
Colectora Cloacal”, para el Barrio 25 de Mayo de la ciudad de La Rioja, suscripto entre
el Ministro de Infraestructura de la provincia de La Rioja, Ing. Javier Tineo, en
representación del Gobierno y por el Señor Ing. Edgardo A. Bortolozzi, en
representación del Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento, firmado en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 27 de marzo de 2009.-

Ley 08.561
ARTÍCULO 1°.- La provincia de La Rioja adhiere en todos sus términos a la Ley
Nacional Nº 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la
violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones
interpersonales.-
ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en la presente Ley es de orden público y de aplicación en
toda la Provincia.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-

Ley 08.570
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Convenio Único de Colaboración y Transferencia para la
ejecución de la Obra: Construcción de Defensas y Obras de Arte Menores en Río Los
Sauces- Localidad de Andolucas-, Departamento San Blas de Los Sauces, refrendado
entre el Señor Gobernador de La Rioja, Dr. Luis Beder Herrera y el Subsecretario de
Obras Públicas de la Nación dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Ing. Claudio Fatala;
firmado en la ciudad Autónoma de Buenos Aires el 03 de febrero de 2009.

Ley 08.568
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Acuerdo Marco para la ejecución de la obra "Ampliación
de la Red de Agua Potable", para el barrio Agrario de la ciudad de La Rioja, suscripto
entre el Ministro de Infraestructura de la provincia de La Rioja, Ing. Javier Tineo, en
representación del Gobierno y por el Sr. Ing. Edgardo A. Bortolozzi, en representación
del Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento, firmado en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires el 27 de marzo de 2009.-

Ley 08.566
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Acuerdo Marco ENOHSA Ente Ejecutor, para la
realización de la obra "Ampliación de Red Colectora Cloacal, para el Barrio
Cochangasta Este, de la Ciudad de La Rioja", suscripto entre el Ministro de
Infraestructura de la provincia de La Rioja, Ing. Javier Tineo, en representación del
Gobierno y por el Ing. Edgardo A. Bortolozzi, en representación del Ente Nacional de
Obras Hídricas y Saneamiento (ENOHSA), firmado en la ciudad Autónoma de Buenos
Aires el 20 de febrero de 2009.-

Ley 08.564
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Acuerdo Marco para la ejecución de la obra "Ampliación
de Red de Agua Potable, para el barrio 8 de Diciembre de la ciudad de La Rioja",
suscripto entre el Ministro de Infraestructura de la provincia de La Rioja, Ing. Javier
Tineo, en representación del Gobierno y por el Señor Ing. Edgardo A. Bortolozzi, en
representación del Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento (ENOHSA),
firmado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 27 de marzo de 2009.-

Ley 08.562
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Acuerdo Marco para la ejecución de la obra de
"Ampliación de la Red de Agua Potable", para el Barrio Santa Catalina de la Ciudad de
La Rioja, suscripto entre el Ministro de Infraestructura de la provincia de La Rioja, Ing.
Javier Tineo, en representación del Gobierno y por el Sr. Ing. Edgardo A. Bortolozzi, en
representación del Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento, firmado en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 27 de marzo de 2009.-
ARTÍCULO 2°.- El texto del Acuerdo Marco forma parte de la presente Ley como
Anexo.-
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