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Ley 08.571

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Convenio Único de Colaboración y Transferencia para la ejecución de la obra: Construcción Complejo Turístico "El Chiflón", Departamento Independencia, refrendado entre el Señor Gobernador de La Rioja, Dr. Luis Beder Herrera y el Subsecretario de Obras Públicas de la Nación, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Ing. Claudio Fatala, firmado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 3 de Febrero de 2009.- ARTÍCULO 2°.- El texto del Convenio forma parte de la presente Ley como Anexo.- ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
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Ley 08.569

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Convenio para la participación en el "IX Concurso Internacional de Vinos y Bebidas Espirituosas VINANDINO 2009", suscripto entre el Señor Gobernador de La Rioja, Dr. Luis Beder Herrera y por el Consejo Federal de Inversiones, representado por el Ing. Juan José Ciácera, firmado en la ciudad de La Rioja, el 17 de Abril de 2009.-
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Ley 08.567

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Convenio de Pago entre el Gobierno de la Provincia de La Rioja, representado por el Señor Gobernador de la Provincia Dr. Luís Beder Herrera y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), representado por Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) Lic. Amado Boudou, en representación del Estado Nacional; celebrado en la Ciudad de La Rioja, a los diecisiete días del mes de junio de 2009.-
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Ley 08.565

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Convenio Marco para la ejecución del "Programa Federal de Obras Viales Urbanas, Periurbanas, Caminos de la Producción, Accesos a pueblos y Obras de Seguridad Vial", en la provincia de La Rioja entre el Ministro de Infraestructura de la provincia de La Rioja, Ing. Javier Tineo, en representación del Gobierno y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, representada por el Sr. Arq. Luís Alberto Bontempo, firmado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 27 de marzo de 2009.-
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Ley 08.563

ARTÍCULO 1°.- Apruébase, el Acuerdo Marco para la ejecución de la "Ampliación Red Colectora Cloacal”, para el Barrio 25 de Mayo de la ciudad de La Rioja, suscripto entre el Ministro de Infraestructura de la provincia de La Rioja, Ing. Javier Tineo, en representación del Gobierno y por el Señor Ing. Edgardo A. Bortolozzi, en representación del Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento, firmado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 27 de marzo de 2009.-
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Ley 08.561

ARTÍCULO 1°.- La provincia de La Rioja adhiere en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.- ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en la presente Ley es de orden público y de aplicación en toda la Provincia.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
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Ley 08.570

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Convenio Único de Colaboración y Transferencia para la ejecución de la Obra: Construcción de Defensas y Obras de Arte Menores en Río Los Sauces- Localidad de Andolucas-, Departamento San Blas de Los Sauces, refrendado entre el Señor Gobernador de La Rioja, Dr. Luis Beder Herrera y el Subsecretario de Obras Públicas de la Nación dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Ing. Claudio Fatala; firmado en la ciudad Autónoma de Buenos Aires el 03 de febrero de 2009.
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Ley 08.568

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Acuerdo Marco para la ejecución de la obra "Ampliación de la Red de Agua Potable", para el barrio Agrario de la ciudad de La Rioja, suscripto entre el Ministro de Infraestructura de la provincia de La Rioja, Ing. Javier Tineo, en representación del Gobierno y por el Sr. Ing. Edgardo A. Bortolozzi, en representación del Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento, firmado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 27 de marzo de 2009.-
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Ley 08.566

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Acuerdo Marco ENOHSA Ente Ejecutor, para la realización de la obra "Ampliación de Red Colectora Cloacal, para el Barrio Cochangasta Este, de la Ciudad de La Rioja", suscripto entre el Ministro de Infraestructura de la provincia de La Rioja, Ing. Javier Tineo, en representación del Gobierno y por el Ing. Edgardo A. Bortolozzi, en representación del Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento (ENOHSA), firmado en la ciudad Autónoma de Buenos Aires el 20 de febrero de 2009.-
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Ley 08.564

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Acuerdo Marco para la ejecución de la obra "Ampliación de Red de Agua Potable, para el barrio 8 de Diciembre de la ciudad de La Rioja", suscripto entre el Ministro de Infraestructura de la provincia de La Rioja, Ing. Javier Tineo, en representación del Gobierno y por el Señor Ing. Edgardo A. Bortolozzi, en representación del Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento (ENOHSA), firmado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 27 de marzo de 2009.-
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Ley 08.562

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Acuerdo Marco para la ejecución de la obra de "Ampliación de la Red de Agua Potable", para el Barrio Santa Catalina de la Ciudad de La Rioja, suscripto entre el Ministro de Infraestructura de la provincia de La Rioja, Ing. Javier Tineo, en representación del Gobierno y por el Sr. Ing. Edgardo A. Bortolozzi, en representación del Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento, firmado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 27 de marzo de 2009.- ARTÍCULO 2°.- El texto del Acuerdo Marco forma parte de la presente Ley como Anexo.-
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Ley 08.560

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva a efectuar la compra de una fracción de terreno ubicado en la ciudad de Chilecito, departamento Chilecito que responde a las siguientes características:
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