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Ley 10.345 P2

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ARTÍCULO 1”.- Establézcase la Ley Impositiva Anual para el Período Fiscal 2021. La recaudación de impuestos, tasas, contribuciones, cánones y demás tributos establecidos por el Código Tributario para el período mencionado, se efectuará de acuerdo a las alícuotas y/o cantidades fijadas en esta Ley.-

Ley 10.342

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ARTÍCULO 1”.- CREACIÓN. Créase el Registro de Información Industrial de la Provincia de La Rioja -en adelante RILR- que funcionará en el ámbito de la Secretaría de Industria, PyMES y Comercio del Ministerio de Trabajo, Empleo e Industria o el organismo que en el futuro la sustituya.-

Ley 10.338

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ARTÍCULO 1".- Incorpórase como Segundo Párrafo del Artículo 3? de la Ley N* 9.926, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Ley 10.345 P1

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ARTÍCULO 1”.- Establézcase la Ley Impositiva Anual para el Período Fiscal 2021. La recaudación de impuestos, tasas, contribuciones, cánones y demás tributos establecidos por el Código Tributario para el período mencionado, se efectuará de acuerdo a las alícuotas y/o cantidades fijadas en esta Ley.-

Ley 10.341

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ARTÍCULO 1”.- Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación de urgencia, los inmuebles ubicados en el Parque Industrial de esta ciudad Capital, que se detallan a continuación:

Ley 10.337

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ARTÍCULO 1°.- Apruébese el Consenso Fiscal suscripto el 04 de Diciembre de 2020 por el Señor Gobernador de la Provincia, RICARDO CLEMENTE QUÍNTELA, el que como Anexo Único, forma parte integrante de la presente Ley.- :

Ley 10.344

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ARTÍCULO 1°.- La presente Ley tiene por objeto garantizar el goce y ejercicio pleno de todos los derechos y libertades fundamentales, en especial la autonomía de las personas mayores que presentan limitaciones o privaciones de sus capacidades funcionales (dependencia); estableciendo los requisitos mínimos de cumplimiento por las instituciones gerontológicas, con el propósito de mejorar su calidad de vida a través de un sístema progresivo de atención integral centrado en la personá

Ley 10.340

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ARTÍCULO 1°.- OBJETIVO. Créase el Programa Provincial de Fomento de la Industria (PFI) con el propósito de propender al desarrollo y progreso armónico y equilibrado de la Provincia.-

Ley 10.336

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ARTÍCULO 1°.- El Servicio Aeronáutico de la Provincia de La Rioja, será desempeñado por la Dirección General de Aeronáutica, cuyo Director General será designado por el Gobernador de la Provincia y tendrá dependencia directa, funcional y presupuestama de la Secretaria General de la Gobemación.-

Ley 10.343

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ARTÍCULO 1”.- RÉGIMEN DE RADICACIÓN INDUSTRIAL. La presente Ley tiene por objeto establecer un régimen especial de radicación industrial, el cual tendrá por fin promover y estimular la actividad industrial en su conjunto, a través de la implementación de zonas industriales en todo el territorio de la provincia de La Rioja.-

Ley 10.339

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ARTÍCULO 1*.- NATURALEZA JURÍDICA. FINALIDAD. SEDE. El Consejo Económico y Social (CEyS) receptado por la Constitución Provincial en el ámbito de la Función Ejecutiva, es un órgano de carácter consultivo y de cooperación ciudadana, con la finalidad de asegurar la participación de los sectores representativos de las actividades económicas y sociales de la comunidad en el orden provincial y regional.

Ley 10.335

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ARTÍCULO 1”.- Prorrógase en todos sus términos y por el plazo de seis (6) meses desde su vencimiento, la vigencia de la Ley N° 10.244, mediante la cual se declara en Estado de Emergencia, al servicio de Transporte Público de Pasajeros de la provincia de La Rioja en todas sus modalidades..-
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