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Ley 10.371
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase por el término de treinta (30) días hábiles el plazo establecido
en el Artículo 2? de la Ley N* 10.291 —Adicional Jubilatorio Provincial, ampliado por Ley
N° 10.320, en aquellos supuestos en los cuales, hallándose el agente de la
Administración Pública Provincial en condiciones de acceder a su jubilación, se encuentre
cumplido el término establecido en virtud de las citadas normas para el acceso al
beneficio allí previsto.-
Ley 10.378
ARTÍCULO 1*.- Ratificase el Decreto F.E.P. N* 088 con fecha -29 de enero del año 2021
—Incremento para la Asignación por Ayuda Escolar anual.-
ARTÍCULO 2*.- El Decreto N* 068 forma parte de la presente como Anexo.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Ley 10.377
ARTÍCULO 1”.- FINALIDAD: PROMOCIÓN DE LOS ENTORNOS SALUDABLES. La
presente Ley tiene por finalidad reducir la prevalencia de la: malnutrición en todas sus
formas, con énfasis en la alimentación saludable y la actividad física, haciendo hincapié
en el sobrepeso la obesidad en Niños, Niñas y Adolescentes (NNyA) como así también
en el adulto, cuando es sostenida en el tiempo, debido a que es una epidemia en
aumento, que está tomando proporciones alarmantes en todo el mundo y representa uno
de los principales problemas de salud pública que requiere respuesta del Estado en
forma urgente...
Ley 10.372
ARTÍCULO 1”.- Incorpórase como Inciso p) del Artículo 48% del Decreto-Ley N* 3.870 —
Estatuto para el Personal de la Administración Pública Provincial, la Licencia Especial por
cuidado de madre, padre, tutor, cónyuge, conviviente, hijo, hija o familiar a cargo que
padeciera enfermedad oncológica, enfermedad grave, terminal o accidente grave.-
Ley 10.368
ARTÍCULO 1”.- Autorízase a la Función Ejecutiva Provincial a garantizar, hasta la suma
de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($200.000.000,00), con los recursos provenientes
de la Coparticipación Federal de Impuestos, Ley N* 23.548 y/o la que en el futuro la
sustituyere, el crédito solicitado por la empresa Cerdos de Los Llanos S.A.U., ante el
Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE).-
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